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Texto de la norma
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Decreto N O 5205, que inviste con la iiacioiialitlad t1oimnicnii;r yriviiegida
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G. 0. No 8410, del 10 de Oetubre de 1959.
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CONSIDERANDO: Los merecimientos del señor Gerardo Fuentes Gazmuri, que lo hacen acreedor a que se le conceda la naturalización privilegiada dominicana;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2° de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Invisto con la nacionalidad dominicana, a título de naturalización privilegiada, al señor Gerardo Fuentes Gazmuri.
Art. 2.—Como única formalidad se asentará el presente Decreto en los registros previstos en el artículo 10 de la Ley sobre Naturalización ya citada.
Art. 3.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Comunicaciones, y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y nueve, años 116° de la Independencia, 97° de la Restauración y 30° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Decreto N° 5206, que prorroga el beneficio de la jubilación temporal, concedida a la señora Cira Bodden Vda. González. G. O. N° 8410, del 10 de Octubre de 1959.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5206
CONSIDERANDO: Que la señora Cira Bodden Vda. González, aún no se ha restablecido de la enfermedad que motivó la jubilación que le fué acordada, por el término de un año, mediante Decreto N° 4240 de fecha 29 de octubre del 1958, circunstancia debidamente comprobada;
VISTA la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado N° 5185, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Prorrogo el beneficio de la jubilación temporal a al señora Cira Bodden Vda. González, con la misma pen-
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