QUE PONE LA DIRECCION GENERAL DE MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES BAJO DEPENDENCIA DE LA DIRECCION GENERAL DE MANTENIMIENTO VIAL, CON LA CATEGORIA DE SUB-DIRECCION GENERAL DE MANTENIMIENTO VIAL
Dec. No.1846, que pone la Dirección General de Mantenimiento de Equipo de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones bajo dependencia de la Dirección General de Mantenimiento Vial, con la categoría de Sub-dirección General de Mantenimiento Vial
G.O. No. 9633 del 16 de Marzo de 1984
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1846
CONSIDERANDO: Que el mantenimiento y la conservación de las carreteras y caminos vecinales se considera de alto interés nacional en razón de que dichas actividades garantizan el adecuado servicio de las vías de comunicación a toda la ciudadanía;
CONSIDERANDO: Que es necesario una relación interinstitucional que procure un manejo más apropiado de los equipos y maquinarias destinados al mantenimiento y conservación de las carreteras y caminos vecinales;
VISTA la Ley Orgánica de las Secretarías de Estado No. 4378 de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones qué me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.— La Dirección General de Mantenimiento de Equipo de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones queda integrada con todas sus funciones y dependencias a la Dirección General de Mantenimiento Vial, con la categoría de Subdirección General de Mantenimiento Vial.
Artículo 2.— Queda modificado en cuanto sea necesario el Decreto No. 1071, de fecha 14 de mayo de 1983, y se deroga el Decreto No. 1430 de fecha 26 de septiembre de 1983.
Artículo 3.— Envíese a la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y cuatro; año 141º de la Independencia y 121º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona