Dec. No.1834, que dispone que el Presidente de la Asociación de Bancos de Desarrollo, Inc., tomará parte en las deliberaciones del Consejo Nacional de Agricultura
G.O. No. 9632 del 29 de Febrero de 1984
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1834
CONSIDERANDO: Que el Artículo 10 de la Ley No. 8 del 8 de septiembre de 1965, que creó el Consejo Nacional de Agricultura, permite la participación de particulares en las deliberaciones de dicho Consejo;
VISTA la Ley No. 8 del 8 de septiembre de 1965, que determina las funciones de la Secretaría de Estado de Agricultura;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo Unico.— El Presidente de la Asociación de Bancos de Desarrollo, incorporada mediante Decreto No. 731 del 9 de marzo de 1979, tomará parte en las deliberaciones del Consejo Nacional de Agricultura.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y cuatro; año 140° de la Independencia y 121° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona