Texto de la norma
Dec. No.1789, que concede naturalización dominicana a varias personas
G.O. No. 9551 del 10 de Febrero de 1984
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1789
VISTAS las solicitudes que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas que se mencionan en la parte dispositiva del presente decreto, para que les sea concedida la naturalización dominicana;
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.— Se concede la naturalización dominicana a las siguientes personas:
a) Al señor Nehme Tohme, de nacionalidad libanesa.
b) Al señor Fouad Rizk, de nacionalidad libanesa.
Artículo 2. – Los beneficiarios recibirán las cartas de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará Acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Artículo 3. – Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y cuatro; año 140° de la Independencia y 121° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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