Texto de la norma
Decreto Nº 4033, que agrega un inciso 13-bis al Párrafo V del Decreto Nº 1489, del 11 de febrero de 1956, e integra el Consejo Directivo de la Corporación Dominicana de Electricidad, y dicta otras disposiciones. G. O. Nº 8278, del 29 de Agosto de 1958.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4033
VISTA la Ley Orgánica de Secretarías de Estado, Nº 4378, del 10 de febrero del 1956, y sus modificaciones;
VISTA la Ley Orgánica de la Corporación Dominicana de Electricidad, Nº 4115, del 21 de abril del 1955;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el ar-
ticulo 54 y 61 de la Constitucion de la Republica, dicto el
siguien te
D E C R E T O :
Art. 1.-Se
agrega un inciso 13-bis a1 P6,rrafo V, corres-
pondiente a la Secretaria d? Estado de Finanzas, del articulo
2 del Decreto No 1489, del 11 de febrero del 1956, para que ri-
ja del siguiente modo:
“13-bis.-Relacion
y supervigilancia de la Corporaci6n
Dominicana de Electricidad.”
Art. 2.-El
Consejo Directivo de la Corporacion Domi-
nicana de Electricidad, estara constituido del siguiente mo-
do:
Presidente ex oficio, el Secretario de Estado de Finan-
zas; Miembros: el Consultor Juridic0 del Poder Ejecutivo, el
Gobernador del Banco Central, el Adrninistrador General del
Banco de Reservas, el Administrador General de Aduanas y
Puertos, el Tesorero Nacional y el Contralor y Auditor Gme-
ral de la Republica.
Parrafo.-El
Administrador General de la Corporacih
Dominicana de Electricidad sera el Secretario de dicho Con-
sejo Directivo.
Art. 3.-El
Consejo Directivo de la Corporacih Domini-
cans de Electricidad, celebrara sus sesiones en el Banco Cen-
tral.
Art. 4.-Queda
derogado el Decreto No 3242, del 21 de
octubre del 1957, el inciso 21 del Parrafo XII correspondien-
te a la Secretaria de Estado de Industria y Comercio, del ar-
ticulo 2 del Decreto No 1489, del 11 de febrero de 1956, res-
tablecido por el Decreto No 3887, del 29 de junio del 1958 y
modificado, en cuanto sea necesario el articulo 5 del citado
Decreto No 3887 del 29 de junio del 1958.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de
la Republica Dominicana, a 10s diecinueve dias del mes d,e
Agosto de mil novecientos cincuenta y ocho; A ~ O S
1150 de la
Independencia, 960 de la Restauracih y 290 de la Era de
Trujillo.
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