Texto de la norma
Dec. No. 1712, que aprueba varias resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial
G.O. No. 9629 del 16 de Enero de 1984
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1712
CONSIDERANDO: Que las empresas "PRODUCTOS ALIMENTICIOS GOLOSIN, C. POR A."; "MARQUILLAS TEJIDAS DOMINICANAS, C. POR A."; "TEJIDOS INTERNACIONALES, S.A."; "LULIN FASHIONS"; "S.R.CARIBBEAN L.T.D."; "HOECHST DOMINICANA, S.A."; "BONANZA INDUSTRIAL, C. POR A."; "COMPAÑIA INDUSTRIAL LECHERA, C. POR A."; "AISLANTES DOMINICANOS, C. POR A."; "HELADERIA MANRESA"; "AZUCAR LIQUIDA, S.A."; "INDUSTRIA DEL CALZADO, C. POR A." (INCAL); "MANUFACTURAS MULTIPLES, S.A."; "EMPRESA ACUARIO,S.A." (DIVISION INDUSTRIAL; "QUIMICOS ASOCIADOS, C. POR A."; "INDUSTRIAS ELECTRONICAS, S.A."; y "UNISOLE, S.A.", han formulado al Departamento Técnico Industrial de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio sendas solicitudes, para acogerse a los beneficios de la Ley No.299, sobre Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
CONSIDERANDO: Que luego de realizarse 10s estudios per-
tinentes de cada una de dichas solicitudes, el Directorio de Desa-
rrollo Industrial dictb las correspondientes resoluciones;
VISTA la Ley No.299, sobre Incentivo y Proteccibn Indus-
trial, de fecha 23 de abril de 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo
55 de la Constitucibn de la Repfiblica, dicto el siguiente
D E C R E TO:
Articulo Primero.-
Se aprueban las resoluciones del Directo-
rio de Desarrollo Industrial que se mencionan a continuacibn:
1.- Res. No.205-83-C,
de fecha 28 de septiembre de 1983,
mediante la cual se clasifica a la ernpresa “PRODUCTOS ALIMEN-
TICIOS GOLOSIN, C. POR A.”, en la Categoria “C”, por el ttr-
niino de 15 aiios y se le concede exoneracibn en proporciones de
85, 80 y 60% de todos 10s derechos e impuestos de importacibn y
dem& graviimenes conexos, incluyendo el arancel, 10s impuestos
unificados y 10s de consumo interno que incidan sobre las materias
primas que se detallan en el Ordinal Segundo de dicha resolucibn.
2.-
Res. No.206-83-C,
de fecha 28 de septiembre de 1983,
mediante la cual se clasifica a la empresa “MARQUILLAS TEJI-
DAS DOMINICANAS, C. POR A” , en la Categoria “C”, por el
tkrmino de 8 afios y se le concede exoneracihn en proporciones
de 90 y 858 de todos 10s derechos e impuestos de importacibn y
demis gravimenes
conexos incluyendo el arancel, 10s impues-
tos unificados y 10s de consumo interno que incidan sobre las
materias primas que se detallan en el Ordinal Segundo de dicha
resoluci6n.
3.-
Res. No.241-83-C,
de fecha 26 de octubre de 1983, me-
diante la cud se clasifica’a la empresa “TEJIDOS INTERNACIO-
NALES, S A ” , en la Categoria “A”, por el tkrmino de 15 aiios
para instalarse en la Zona Franca Industrial de San Pedro de Ma-
cork Asimismo, se le concede el 100% de exoneracibn sobre las
materias primas que se detallan en el Ordinal Primero de dicha
resolucibn. Se concede ademis todos 10s beneficios acordados por
la Ley No.299 a las empresas clasificadas en la Categoria “A”.
4.-
Res. No.242-83-C,
de fecha 26 de octubre de 1983, me-
diante la cud se clasifica a la empresa “LULIN FASHIONS”, para
instalarse en la Zona Franca Industrial de San Pedro de Macoris,
en la Categoria “A”, por el tQmino de 15 aiios, con el 100% de
exoneracih sobre las‘materias primas que se detallan en el Ordi-
nal Primero de dicha resolucibn. Se concede ademis todos 10s be-
neficios acordados por la Ley No299 a las empresas clasificadas en
la Categoria “A”.
5.-
Res. No.243-83-C,
de fecha 26 de octubre de 1983, me-
diante la cual se clasifica a la empresa “S. R. CARIBBEAN
L.T.D.”; en la Categoria “A”, para instalarse en la Zona Franca
Industrial de Santiago, por el tkrmino de 12 afios, con el 100% de
exoneraci6n sobre las materias prinias que se detallan en el Ordi-
nal Primero de dicha resoluci6n. Se concede ademis todos 10s be-
neficios acordados por la Ley No.299 a las empresas clasificadas
en la Categoria “A”.
6.-
Res. No.245-83-C,
de fecha 26 de octubre de 1983, me-
diante la cud se clasifica a la empresa “HOECHST DOMINICA-
NA, S.A.”, en la Categoria “C”, por el tbrmino de 8 afios. Asi-
mismo, se le concede exoneracibn en proporcibn de un 70% de
todos 10s derechos e impuestos de importaci6n y demis gravi-
menes COTI~XOS, incluyendo el arancel, 10s impuestos unificados y
10s de consumo interno que incidan sobre las materias primas que
se detallan en el Ordinal Segundo de dicha resolucibn.
7.-
Res. No.246-83-C,
de fecha 26 de octubre de 1983, me-
diante la cud se clasifica a la empresa “BONANZA INDUSTRIAL,
C. POR A”, para instalarse en la Zona Industrial de Haina, provincia de San Cristóbal, en la Categoría “C”, por el término de 15 años. Asimismo, se le concede exoneración de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre las materias primas que se detallan en el Ordinal Segundo de dicha resolución y en los porcentajes que se consignan en dicha resolución.
8.- Res. No.247-83-RC, de fecha 26 de octubre de 1983, mediante la cual se reclasifica a la empresa “COMPAÑÍA INDUSTRIAL LECHERA, C. POR A”, en la Categoría “C”, por el término de cinco (5) años para completar los 20 años que permite el Artículo 47 de la Ley No.299. Asimismo, se le concede exoneración de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre las materias primas que se detallan en el Ordinal Segundo y en los porcentajes consignados en dicha resolución.
9.- Res. No.248-83-RC, de fecha 26 de octubre de 1983, mediante la cual se reclasifica a la empresa “AISLANTES DOMINICANOS, C. POR A”, a partir del 9 de junio de 1983, fecha en que venció la clasificación que disfruta dicha empresa, en la Categoría “C”, por el término de 8 años; asimismo, concederle exoneración en proporción de un 70% por todo el período de reclasificación de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre las materias primas que se detallan en el Ordinal Segundo de dicha resolución.
10.- Res. No.249-83-RC, de fecha 26 de octubre de 1983, mediante la cual se reclasifica a la empresa “HELADERIA MANRESA”, por el término de 8 años, con efectividad a partir del 30 de mayo de 1983, fecha en que venció la clasificación que disfru-
ta dicha empresa, .en la Categoria “C”, asimismo concederle
exoneraci6n en proporci6n de un 30%, de todos 10s derechos e im-
puestos de importaci6n y demds gravimenes conexos incluyendo
el arancel, 10s impuestos unificados y 10s de consumo interno
que incidan sobre las materias primas que se detallan en el Ordinal
Segundo de dicha resoluci6n.
11.-Res.
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