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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 422

QUE CREA E INTEGRA UNA COMISION PARA EL ESTUDIO DE LA CORPORACION DE FOMENTO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 oct de 1982fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9599Gaceta Oficial del 1 ene de 1982
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
José del Carmen MarcanoMiembro de un órganoSecretario de Estado de Industria y Comercio

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 422, que crea e integra una Comisión para el estudio de la Corporación de Fomento Industrial. SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 422 CONSIDERANDO que es necesario estudiar las distintas opciones administrativas y financieras para reorientar y aumentar las funciones de promoción y desarrollo industrial de la Corporación de Fomento Industrial; CONSIDERANDO que se hace indispensable fortalecer esta vital institución de fomento y de dotarla de distintas fuentes de recursos nacionales e internacionales. CONSIDERANDO que el Gobierno de Concentración Nacional le asigna una alta prioridad al desarrollo del sector industrial y agroindustrial; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se crea una Comisión para el estudio de la Corporación de Fomento Industrial. Art. 2.- Dicha Comisión estará integrada por los señores Lic. José del Carmen Marcano, Secretario de Estado de Industria y Comercio, quien la presidirá; Ing. Ramón Alburquerque, Secretario Técnico de la Presidencia, quien actuará como Secretario; Lic. Bernardo Vega, Gobernador del Banco Central de la República Dominicana; Darío Meléndez, Director General de la Corporación de Fomento Industrial; y Dr. Eduardo Tejera, Asesor Bancario del Presidente de la República, Miembros. Art. 3.- Las funciones de la Comisión para el estudio de la Corporación de Fomento Industrial serán las siguientes: a) Realizar un estudio exhaustivo de carácter técnico, administrativo y financiero, con la finalidad de recomendar las medidas necesarias para fortalecer, dinamizar y aumentar la función de la Corporación de Fomento Industrial; b) Recomendar los cambios necesarios, a fin de rehabilitar y de poner a la Corporación de Fomento Industrial en capacidad de poder captar recursos de fuentes nacionales e internacionales, y así tener un mayor impacto en la identificación y desarrollo del sector industrial y agroindustrial en el país; y c) Recomendar la nueva política de crédito que deberá observarse en el futuro. Art. 4.— La Comisión rendirá su informe y hará sus recomendaciones en un plazo no mayor de 45 días, contados a partir de la fecha de toma de posesión de sus integrantes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona