Texto de la norma
Dec. No. 2061, que autoriza una emisión de sellos postales.
G. O. No. 9542, del 30 de octubre de 1980
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2061
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en las siguientes cantidades y valores:
300,000 (Trescientos mil) sellos del valor de tres centavos, a colores;
300,000 (Trescientos mil) sellos del valor de seis centavos, a colores;
300,000 (Trescientos mil) sellos del valor de diez centavos, a colores.
Art. 2.- Los sellos de tres centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de largo por 40 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal una concepción artística que representa los tres Reyes Magos, y en los lados, derecho e izquierdo, elementos decorativos alusivos a la navidad; y a todo el largo del lado superior se leerá "República Dominicana"; debajo, la palabra "Correos"; hacia el lado inferior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "3 ¢"; en el lado inferior a dos renglones se leerá "Navidad-1980".
Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de largo por 40 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal una concepción artística que representa cuatro niños de diferentes razas cantando canciones navideñas, y en los lados derecho e izquierdo, elementos decorativos alusivos a la navidad; a todo el largo del lado superior se leerá "República Dominicana"; debajo la palabra "Correos"; hacia el lado inferior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "6 ¢"; en el lado inferior a dos renglones se leerá "Navidad-1980"
Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de largo por 40 milímetros de alto, mostrarán como motivo principal una concepción artística que representa la Virgen María, San José y el niño Jesús; en los lados derecho e izquierdo, elementos decorativos alusivos a la Navidad; a todo el largo del lado superior se leerá "República Dominicana"; deba-
jo la palabra "Correos"; hacia el lado inferior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "10 ¢"; en el lado inferior a dos renglones se leerá "Navidad-1980".
Art. 3.- Para dicha emisión se utilizará papel litográfico para estampillas cromo 56B, sustancia 103 GN2.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta; años 137o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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