miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1915

QUE SUPRIME LA PARTE FINAL DEL ARTÍCULO 78 DEL PRIMER REGLAMENTO PARA LA APLICACION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA NO.8895, DEL 28 DE NOVIEMBRE DE 1962

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 ago de 1980fecha
Reglamentotipo
G. O. 9537Gaceta Oficial del 1 ene de 1980
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 1915, que suprime la parte final del Artículo 78 del Primer Reglamento para la aplicación del Impuesto sobre la Renta No. 8895, del 28 de noviembre de 1982. ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1915 VISTAS las disposiciones del Capítulo XV de la Ley No. 5911 de Impuesto sobre la Renta No. 5911, de fecha 27 de mayo de 1962, que regulan el sistema de recaudación del mencionado impuesto por vía de los Agentes de Retención; VISTO el artículo 78 del Primer Reglamento para la aplicación del Impuesto sobre la Renta, No. 8895, de fecha 28 de noviembre de 1962; CONSIDERANDO que el hecho de que una persona física o moral esté exenta del pago del Impuesto sobre la Renta no implica que, además, debe estar excluída de la obligación de actuar como Agente de Retención del monto del indicado impuesto adeudado por otros contribuyentes, y, por tanto, procede suprimir la disposición que exime de la obligación de efectuar dicha a las entidades a que se refiere el artículo 78 del precitado Reglamento. En ejercicio de las atribucones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO: Se suprime la parte final del artículo 78 del Primer Reglamento para la aplicación del Impuesto sobre la Renta, No. 8895, de fecha 28 de noviembre de 1962. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta; años 137o. de la Independencia y 118o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona