Texto de la norma
Decreto No. 1857, que autoriza a varias personas a hacer cambios en su nombre.
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1857
CONSIDERANDO que atendiendo a las solicitudes de cambio de nombre formuladas al Poder Ejecutivo por las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, las mismas
fueron autorizadas a realizar los procedimientos establecidos por la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
CONSIDERANDO que en cada caso la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— El señor Rafael Manuel Rodríguez Lizardo, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Rafael Rodríguez Lizardo.
Art. 2.— El señor Carmen Lorenzo Plasencia Féliz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Jaime Lorenzo Plasencia Feliz.
Art. 3.— La señor a Julia Altagracia Moronta Peña, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Julieta Altagracia Moronta Peña.
Art. 4.— El señor Justo Germán González Díaz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Justiniano González Díaz.
Art. 5.— El señor Matías García, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Francisco Emilio García.
Art. 6.- La señora Aura Mercedes López Ureña, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Mercedes López Ureña.
Art. 7.- La señorita Hilaria Rodríguez García, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Sonia Margarita Awilda Rodríguez García.
Art. 8.- La señora Ana Mercedes Díaz Pichardo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Mercedes Díaz Pichardo.
Art. 9.- El señor Antonio Javier Liranzo Valdez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Antonio Liranzo Valdez.
Art. 10.- La señora Milagrosa Clementina Castillo Gómez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Milagros Clementina Castillo Gómez.
Art. 11.- El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta; años 137o. de la Independencia y 117o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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