Texto de la norma
Decreto No. 1834, que otorga exequátur de Médico a varios graduados universitarios.
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1834
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantía de Médicos recién graduados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, la profesión de Médico, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes: Víctor Ramón Díaz Alba, Sócrates Amable Castillo Féliz, Teresa Paz, Clara Aurora Freeman Joaquín, Juan Isidro Salas de Jesús, José Antonio Méndez Cuevas, Camilo Antonio Crespo Plá, Ramón Francisco Fernández Jorge, Joaquín Antonio Montolío Pichardo, Miguel Santiago Valentín Salas de Jesús, Miguel Pérez Cháuser, Duarte de Jesús Carrero
Reyes, José del Carmen Cruz Almonte, Agustín Pérez Herrera, Elizabeth María Alvarez Peña, Consuelo Amparo Bueno Mendoza, Emeraldo Cedeño Tavera, Américo Alejandro Bordas Coradín, Agustina Celenia de la Cruz, Amalfis Lesbia Eugenia Núñez Castillo, Rosa Julia Saldaña Pérez, Virgilio José Manuel de Jesús de Peña Afil y Rogelio Ernesto Dávila Quezada.
Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de julio del año mil novecientos ochenta; años 137o. de la Independencia y 117o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.