Texto de la norma
Dec. No. 2966, que aprueba varias resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial.
G. O. No. 9571, del 31 de diciembre de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2966
CONSIDERANDO que las empresas INDUSTRIAL COMERCIAL PAPELERA, C. POR A.; CONVERTIDORA DE PAPEL,
C. POR A.; IMPRESORA MARGARITA, C. POR A.; EMPRESAS UNIDAS, C. POR A.; CUADERNOS NACIONALES, C. POR A.; EDITORA COLONIAL, C. POR A.; SERVICENTRO CARTONERA; ENVASES, CARTONES Y PAPELES, C. POR A.; JUAN MAX ALEMANY, C. POR A.; QUITPE, C. POR A.; y ALMACENISTAS INDUSTRIALES, han formulado al Departamento Técnico Industrial de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, sendas solicitudes, acogiéndose a las disposiciones de la Ley No. 299, de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
CONSIDERANDO que luego de realizarse los estudios pertinentes de cada una de dichas solicitudes, el Directorio de Desarrollo Industrial dictó las correspondientes resoluciones;
VISTA la Ley No. 299, de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO PRIMERO.— Se aprueban las resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial que se consignan a continuación:
1.— Res. No. 353-81-MC, de fecha 6 de octubre de 1981, que modifica la Resolución No. 150-76-RC, del 31 de agosto de 1976, y sus modificaciones, dictadas en favor de la empresa INDUSTRIA COMERCIAL PAPELERA, C. POR A., para que en lo sucesivo rijan los porcentajes de exoneración que se señalan en el ordinal primero de dicha Resolución No. 353-81-MC. La mencionada empresa fue reclasificada en la Categoría “C”, por el término de 8 años, en virtud de la aludida Resolución No. 150-76-RC, y se dedica a la fabricación de rollos de papel para máquinas, papeles de aluminio, encerados, servilletas y toallas de papel, que destina al mercado interno. Se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 2507, del 24 de enero de 1977, y sus modificaciones.
2.- Res. No. 354-81-MC, de fecha 6 de octubre de 1981, que modifica la Resolución No. 217-76-RC, del 23 de noviembre de 1976, dictada en favor de la empresa CONVERTIDORA DE PAPEL, C. POR A., para que en lo sucesivo rijan los porcentajes de exoneración que se señalan en el ordinal primero de dicha Resolución No. 354-81-MC. La mencionada empresa fue reclasificada en la Categoría "C", por el término de 8 años, en virtud de la aludida Resolución No. 217-76-RC, y se dedica a la producción de servilletas y toallas de papel, papel aluminio, platos y bandejas de cartón, vasos cónicos de papel y cintas para máquinas calculadoras y registradoras, que destina al mercado interno. Se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 2635, del 24 de enero de 1977.
3.- Res. No. 355-81-MC, de fecha 6 de octubre de 1981, que modifica la Resolución No. 9-79-RC, del 17 de enero de 1979, dictada en favor de la empresa IMPRESORA MARGARITA, C. POR A., para que en lo sucesivo rijan los porcentajes de exoneración que se señalan en el ordinal primero de dicha Resolución No. 355-81-MC. La mencionada empresa fue reclasificada en la Categoría "C", por el término de 8 años, en virtud de la aludida Resolución No. 9-79-RC, y se dedica a la fabricación de cuadernos, libretas, snap-out, libros de contabilidad y formas continuas para computadoras, que destina al mercado interno. Se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 802, del 5 de abril de 1979.
4.- Res. No. 356-81-MC, de fecha 6 de octubre de 1981, que modifica la Resolución No. 290-78-RC, del lo. de noviembre de 1978, y sus modificaciones, dictadas en favor de la firma EMPRESAS UNIDAS, C. POR A., para que en lo sucesivo rijan los porcentajes de exoneración que se señalan en el ordinal primero de dicha Resolución No. 356-81-MC. La mencionada empresa fue reclasificada en la Categoría "C", por el término de 8 años, en virtud de la aludida Resolución No. 290-78-RC, y se dedica a la producción de calendarios, abanicos de cartón, etiquetas y tarjetas postales, que destina al mercado interno. Se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 551, del 15 de enero de 1979, y sus modificaciones.
5.- Res. No. 357-81-MC, de fecha 6 de octubre de 1981, que modifica la Resolución No. 18-69, del 7 de marzo de 1969, y sus modificaciones, dictadas en favor de la empresa CUADERNOS NACIONALES, C. POR A., para que en lo sucesivo rijan los porcentajes de exoneración que se señalan en el ordinal primero de dicha Resolución No. 357-81-MC. La mencionada empresa fue clasificada en la Categoría "C", por el término de 10 años, en virtud de la aludida Resolución No. 18-69, y se dedica a la producción de cajas de cartón y cuadernos escolares, que destina al mercado interno. Se modifica, en consecuencia, el Decreto No. 3647, del 14 de mayo en cuanto sea necesario.
6.- Res. No. 358-81-MC, de fecha 6 de octubre de 1981, que modifica la Resolución No. 237-80-C, del 18 de agosto de 1980, dictada en favor de la empresa EDITORA COLONIAL, C. POR A., para que en lo sucesivo rijan los porcentajes de exoneración que se señalan en el ordinal primero de dicha Resolución No. 358-81-MC. La mencionada empresa fue clasificada en la Categoría "C", por el término de 8 años, en virtud de la aludida Resolución No. 237-80-C, y se dedica a la fabricación de calendarios y tarjetas de navidad, que destina al mercado interno. Se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 2116, del 27 de noviembre de 1980.
7.- Res. No. 359-81-MC, de fecha 6 de octubre de 1981, que modifica la Resolución No. 88-78-RC, del 18 de abril de 1978, y sus modificaciones, dictadas en favor de la empresa SERVICENTRO CARTONERA, para que en lo adelante rijan los porcentajes de exoneración que se señalan en el ordinal primero de dicha Resolución No. 359-81-MC. La mencionada empresa fue reclasificada en la Categoría "C", por el término de 8 años, en virtud de la aludida Resolución No. 88-78-RC, y se dedica a la fabricación de cajas plegadizas de cartón, que destina al mercado interno. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 3482, del 14 de julio de 1978, y sus modificaciones.
8.- Res. No. 360-81-MC, de fecha 6 de octubre de 1981, que modifica la Resolución No. 316-80-C, del 6 de noviembre de
1980, dictada en favor de la empresa ENVASES, CARTONES Y PAPELES, C. POR A., para que en lo sucesivo rijan los porcentajes de exoneración que se señalan en el ordinal primero de dicha Resolución No. 360-81-MC. La mencionada empresa fue clasificada en la Categoría "C", por el término de 8 años, en virtud de la aludida Resolución No. 316-80-C, y se dedica a la producción de fundas de papel y papel engomado en rollos, que destina al mercado interno. Se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 2168, del 31 de diciembre de 1980.
9.- Res. No. 361-81-MC, de fecha 6 de octubre de 1981, que modifica la Resolución No. 4-77-RC, del 10 de febrero de 1977, y sus modificaciones, dictadas en favor de la empresa JUAN MAX ALEMANY, C. POR A., para que en lo adelante rijan los porcentajes de exoneración que se señalan en el ordinal primero de la citada Resolución No. 361-81-MC. La mencionada empresa fue reclasificada en la Categoría "C", por el término de 8 años, en virtud de la aludida Resolución No. 4-77-RC, y se dedica a la fabricación de cuadernos, libretas escolares, sobres manila y trabajos de snap-out, que destina al mercado interno. Se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 2816, del 14 de abril de 1977, y sus modificaciones.
10.- Res. No. 362-81-MC, de fecha 6 de octubre de 1981, que modifica la Resolución No. 168-77-RC, del 9 de agosto de 1977, y sus modificaciones, dictadas en favor de la empresa QUITPE, C. POR A., para que en lo sucesivo rijan los porcentales de exoneración que se señalan en el ordinal primero dicha Resolución No. 362-81-MC. La mencionada empresa fue reclasificada en la Categoría "C", por el término de 8 años, en virtud de la aludida Resolución No. 168-77-RC, y se dedica a la fabricación de toallas sanitarias y pañuelos faciales, que destina al mercado interno. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 3141, del 4 de octubre de 1977, y sus modificaciones.
11.- Res. No. 363-81-MC, de fecha 6 de octubre de 1981, que modifica la Resolución No. 190-75-C, del 5 de diciembre de 1975, y sus modificaciones, dictadas en favor de la empresa ALMACENISTAS INDUSTRIALES, C. POR A., para que en lo su-
cesivo rijan los porcentajes de exoneración que se señalan en el ordinal primero de dicha Resolución No. 363-81-MC. La mencionada empresa fue clasificada en la Categoría “C”, por el término de 8 años, en virtud de la aludida Resolución No. 190-75-C, y se dedica a la fabricación de papel engomado en rollos y fundas para supermercados, que destina al mercado interno. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 1767, del 11 de febrero de 1976, y sus modificaciones,
ARTICULO SEGUNDO.— Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y uno; años 138o. de la Independencia y 119o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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