Texto de la norma
Dec. No. 2944, que autoriza al señor Octavio Cáceres Michel, a aceptar y usar una condecoración extranjera.
G. O. No. 9571, del 31 de diciembre de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2944
VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo por el señor Octavio Cáceres Michel, Embajador Encargado del Departamento Consular de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores,
por medio de la cual solicita autorización para poder aceptar y usar la condecoración de la Orden de Boyacá, en el grado de Comendador, que le ha sido concedida por el Gobierno de Colombia;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 1325, de fecha 13 de enero de 1947 y del Reglamento No. 4157, del 4 de febrero de 1947;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- El señor Octavio Cáceres Michel, Embajador Encargado del Departamento Consular de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, queda autorizado para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Boyacá, en el grado de Comendador, que le ha sido concedida por el Gobierno de Colombia.
Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidos (22) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y uno; años 138o. de la Independencia y 119o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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