miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 5023

NOMBRA CONSULES GENERALES DE LA REPUBLICA EN QUITO , ECUADOR, EN PANAMA, EN MANAGUA, NICARAGUA Y EN BOGOTA, COLOMBIA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 jul de 1959fecha
Designacióntipo
G. O. 8390Gaceta Oficial del 1 ene de 1959
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
Decreto No 5022, que conccdc Exeyuiitur en favor del senor Caniille T h o m q para ejercer las funciones de Chsul General de la Rep6blica de Haiti en Ciudad Trujillo. G. 0. N? 8390, &l 8 de agosto de 1959. IIECTOR IZIESl'ESlIlO THI'JII,I,O &IOLTiVA Prcsidciif(j dc lti L<opiil)liw Lloniiiiicana i\;cALk:l<o 5022 ticulo 31 de la Constitucion de la Republica: El; ejercicio de las aLribucioiies que iiie coiifiere el ar- 1) E: c Rl.: T 0 : Decreto No 502.3, que nonibra C6nsules Generales de la Repliblica en Quito, Ecuador; en PanamA; en Managua, Nicaragua y en Bogotii, Coloinbia. G . 0. N? 8390, del 8 de agosto de 1959. HECTOR BIENVENIDO TRIJJILLO il.IOI,lNA I'sesidente de la Repiiblica Dominicalm NURIERO 3023 En ejercicio de las atribuciones que iiie coiifiere el ar- tículo 54 de la Constitución de la República, DECRETO: Art. 1ro.— El Dr. Víctor A. Fernández Jiménez queda nombrado Cónsul General de la República en Quito, Ecuador, en lugar del Sr. Salvador A. Monclús; Art. 2do.— El Dr. Moisés Merilio de Herrera Báez, queda nombrado Cónsul General de la República en Panamá, República de Panamá, en lugar del Sr. Pedro Fernández Peix; Art. 3ro.— El Sr. Pedro Fernández Peix queda nombrado Cónsul General de la República en Managua, Nicaragua, en lugar del Dr. Moisés Merilio de Herrera Báez; Art. 4to.— El Lic. Rafael Mencía Lister queda nombrado Cónsul General de la República en Bogotá, Colombia, en lugar del Dr. Antonio Thomén. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y nueve, años 116° de la Independencia, 96° de la Restauración y 30° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Decreto Nº 5024, que concede jubilación del Estado a varios servidores de la Administración Pública. G. O. Nº 8390, del 8 de agosto de 1959. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 5024. CONSIDERANDO: Que en el presente caso los solicitantes reúnen las condiciones que exige la ley sobre la materia para que puedan ser jubilados, y que sus solicitudes han sido preparadas y tramitadas de acuerdo con la misma; VISTA la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado Nº 1316 de fecha 29 de diciembre de 1946, y sus modificaciones; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2° de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Concedo el beneficio de la jubilación, y les asigno sendas pensiones del Estado, a las siguientes personas; a) A la señora Luisa Miranda Vda. Puente, una pensión de cuarenta y ocho pesos oro (RD$48.00) mensuales;

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona