Texto de la norma
Dec. No. 370, que autoriza al Patronato Cibaeño contra el Cáncer, a recabar la suma de RD$0.25 en los principales puentes de la Provincia de Santiago el día 23 de octubre del presente año.
G. O. No. 9599, del 1ro. de noviembre de 1982
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 370
CONSIDERANDO que el Patronato Cibaeño contra el Cáncer, Inc., ha solicitado del Gobierno Nacional que se le permita recabar una contribución de RD$0.25 por cada vehículo de motor que transite por los principales puentes de las diferentes carreteras y autopistas de la Provincia de Santiago, el día sábado 23 de octubre del presente año;
CONSIDERANDO que el producto de esa colecta será destinado a engrosar los fondos de esa humanitaria institución, para ser dedicado a combatir el cáncer, terrible flagelo que azota a la humanidad;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza al Patronato Cibaeño contra el Cáncer, Inc., a recabar en los principales puentes de las diferentes autopistas y carreteras que atraviesan la Provincia de Santiago, la suma de RD$0.25, por cada vehículo de motor que transite por los referidos puentes, durante el día sábado 23 de octubre del presente año.
Art. 2.— Las personas encargadas de realizar la colecta deberán estar provistas de los distintivos que las acrediten como tales, así como expedir un recibo por cada contribución realizada.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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