QUE CREA E INTEGRA UNA COMISION PARA ESTUDIAR Y PROPONER LOS MECANISMOS FUENTES DE RECURSOS Y DE ESTABLECIMIENTO DE UN PROGRAMA ESPECIAL DE SEGURO AL CREDITO AGRICOLA Y GANADERO
Dec. No. 96, que crea e integra una Comisión para estudiar y proponer los mecanismos fuentes de recursos y de establecimiento de un Programa Especial de Seguro al Crédito Agrícola y Ganadero.
G. O. No. 9595, del 31 de agosto de 1992
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 96
CONSIDERANDO que es necesario acelerar el desarrollo económico y social de la nación, a través del aumento de la producción y a la creación de empleos, particularmente en el sector agrícola y ganadero;
CONSIDERANDO que es indispensable que el financiamiento bancario institucional llegue a los pequeños y medianos empresarios agrícolas y ganaderos del país, para ampliar la base productiva del sector agropecuario y aumentar la producción alimenticia nacional;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se crea una Comisión con la finalidad de estudiar y proponer los mecanismos, fuentes de recursos y de establecimiento de un Programa Especial de Seguro al Crédito Agrícola y Ganadero, que funcionaría a través de las Intermediarias Financieras Públicas y Privadas autorizadas.
Art. 2.- La indicada Comisión estará constituída, por el Secretario Técnico de la Presidencia, quien la presidirá; el Gobernador del Banco Central de la República Dominicana; el Secretario de Estado de Agricultura; el Asesor Bancario del Poder Ejecutivo; el Superintendente de Seguros y un representante de la Cámara Dominicana de Aseguradores y Reaseguradores.
Art. 3.- La Comisión deberá concluir el estudio para puesta en marcha de este Programa Especial en un plazo de treinta (30) días, a partir de la vigencia de este Decreto.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona