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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 96

QUE CREA E INTEGRA UNA COMISION PARA ESTUDIAR Y PROPONER LOS MECANISMOS FUENTES DE RECURSOS Y DE ESTABLECIMIENTO DE UN PROGRAMA ESPECIAL DE SEGURO AL CREDITO AGRICOLA Y GANADERO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 ago de 1982fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9595Gaceta Oficial del 1 ene de 1982
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 96, que crea e integra una Comisión para estudiar y proponer los mecanismos fuentes de recursos y de establecimiento de un Programa Especial de Seguro al Crédito Agrícola y Ganadero. G. O. No. 9595, del 31 de agosto de 1992 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 96 CONSIDERANDO que es necesario acelerar el desarrollo económico y social de la nación, a través del aumento de la producción y a la creación de empleos, particularmente en el sector agrícola y ganadero; CONSIDERANDO que es indispensable que el financiamiento bancario institucional llegue a los pequeños y medianos empresarios agrícolas y ganaderos del país, para ampliar la base productiva del sector agropecuario y aumentar la producción alimenticia nacional; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se crea una Comisión con la finalidad de estudiar y proponer los mecanismos, fuentes de recursos y de establecimiento de un Programa Especial de Seguro al Crédito Agrícola y Ganadero, que funcionaría a través de las Intermediarias Financieras Públicas y Privadas autorizadas. Art. 2.- La indicada Comisión estará constituída, por el Secretario Técnico de la Presidencia, quien la presidirá; el Gobernador del Banco Central de la República Dominicana; el Secretario de Estado de Agricultura; el Asesor Bancario del Poder Ejecutivo; el Superintendente de Seguros y un representante de la Cámara Dominicana de Aseguradores y Reaseguradores. Art. 3.- La Comisión deberá concluir el estudio para puesta en marcha de este Programa Especial en un plazo de treinta (30) días, a partir de la vigencia de este Decreto. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona