Texto de la norma
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1651
VISTA la solicitud que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, ha elevado al Poder Ejcutivo el señor Angel Emerio González Hernández, para que le sea concedida la naturalización dominicana;
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.— Se concede la naturalización dominicana al señor Angel Emerio González Hernández, de nacionalidad cubana.
Artículo 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador Civil de la provincia de Puerto Plata, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará Acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Artículo 3.— Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes
de diciembre del año mil novecientos ochenta y tres; año 140° de la Independencia y 121° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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