Texto de la norma
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A.
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Dee. No. 1629, que modifica 10s Decretos Nos. 3372,3352 y 3511 de 1978 y 1982, res-
pectivamente.
6.0. No. 9627, del 16 de diciembre de 1983
SALVADOR JORGE BLANC0
Prcsidente de la RepGblica Dominicana
NUMERO: 1629
VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles
del Estado de fecha 11 de diciembre de 1981 :
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 5 5
de la Constitucibn de la Repdblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Se modifica el Decreto No. 3352, de fecha 30 de
junio de 1982, en sus Acipites 157 y 565, para que en lo adelante
rijan del sipiente modo:
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* 157) Ana Antonia Marcano Sinchez, con una pensi6n del Es-
tad0 de cuatrocientos cincuentinco pesos con cuatro centavos
(RD$455.04) mensuales”.
“565) Carlos Hip6lito Garcia DuvergC, con una pensi6n del Es-
tad0 de trescientos sesentitrks pesos con sesenticuatro centavos
(RD$36 3.64) mensuales”.
Articulo 2.- Se modifica el Decreto No. 3372, de fecha 12 de
abril de 1978, en su Acipite 728, para que en lo adelante rija del
siguiente modo:
“728) Atanagilda Piedad Ca’ceres Vda. Jovine, con una pensibn
del Estado de ciento sesentiocho pesos con noventistis centavos
(RD$168.96) mensuales”.
Articulo 3 .- Se modifica el Decreto No. 3 5 11, de fecha 13 de
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agosto de 1982, en su Acipite 8, para que en lo adelante rija del
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siguiente modo:
“ 8 ) Elvira Altagracia Medina CCspedes, con una pensi6n del Es-
tad0 de trescientos cuarentid6s pesos or0 (RD$342.00) mensua-
les”.
DADO en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Capi-
tal de la Reptiblica Dominicana, a 10s dos (2) dias del mes de di-
ciembre del aiio mil novecientos ochenta y nes; aiio 140’ de la
Independencia y 121’ de la Restauracih.
SALVADOR JORGE BLANCO
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