Texto de la norma
Dec. No. 1495, que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
G. O. No. 9624, del 31 de octubre de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1495
CONSIDERANDO que atendiendo las solicitudes de cambio de nombre formuladas al Poder Ejecutivo por las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, las mismas fueron autorizadas a realizar los procedimientos establecidos por la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
CONSIDERANDO que en cada caso la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- La señora Valentina Peralta Alvarez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Griselda Peralta Alvarez.
Artículo 2.- El señor Hemengildo Alberto Japa Sánchez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Alberto Japa Sánchez.
Artículo 3.- La señora Ramona del Carmen Rodríguez Vargas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Carmen Rodríguez Vargas.
Artículo 4.- El señor Francisco Manuel Oleaga Hilario, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Manuel Oleaga Hilario.
Artículo 5.- La señora Milagro Altagracia Rodríguez Espinal, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Milady Altagracia Rodríguez Espinal.
Artículo 6.- El señor Inocencio Almanzar Durán, queda autorizado a cambiar su nombre por el de José Luis Almánzar Durán.
Artículo 7.- El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 121o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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