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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1457

QUE AUTORIZA UNA EMISION DE SELLOS POSTALES PARA EL FRANQUEO ORDINARIO DE LA CORRESPONDENCIA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 oct de 1983fecha
Otrostipo
G. O. 9623Gaceta Oficial del 1 ene de 1983
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
Y Dee. No. 1457, que autoriza una ernision de sellos postales para el franqueo ordinario de la correspondencia. G. 0. No. 9623, del 16 de ocmbre de 1983 SALVADOR JORGE BLANC0 Presidente de la Republica Dorninicana NUMEKO: 1457 VISTA la Ley No. 116. de fecha 27 de mayo de 1983, que ordena la emision de una serie de sellos postales conmemora- tivos del 450 ,4niversario de la fundaci6n de la ciudad de San Fernando de Monte Cristi; VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, de fecha 18 de julio dc 1950; i En ejercicio de las atribuciones que me corifiere el articulo 55 de la Constituci6n de la Kepublica, dicto-el siguiente 11 E C R E T 0 : Articulo 1 .- Sc autoriza una emision de sellos postales para el franqueo de la correspondencia en las siguientes cantidades y va- lores: 100,000 (Cien Mil) sellos del valor de un centavo, a colores. 100,000 (Cien Mil) sellos del valor de dos centavos, a colores. 100.000 (Cien Mil) sellos del valor de cinco centavos. a c o b res. 100,000 (Cien Mil) sellos del valor de siete centavos, a colo- res. Articulo 2.- Los sellos de un centavo s e r h de fornia rectan- gular en tamano de 30 milimetros de largo por 40 milimetros de alto; mostradn coni0 motivo principal la reproduccion de una fotografia del Reloj Pitblico de Monte Cristi; en la parte superior a dos renglones se leer& “Republica Dominicana”, a renglon se- guido en el margen izquierdo se leera la palabra “CORREOS”; en la parte derecha aparecera el valor facial expresado asi: “1 d”; en el centro de la parte inferior tendran la inscripcion “RELOJ PL- BLICO”, a espacio seguido y a dos renglones se lee16 la leyenda “45 0 Aniversario Fundacion de Monte Cristi”. x Los sellos de dos centavos serAn de forma rectangular en tama- Ao de 30 milimetros de largo por 40 milimetros de alto; mostra- rdn como motivo principal una concepcion artistica del escudo de la provincia de Monte Cristi; en la parte superior a dos ren- glones se leera “Republica Dominicana”; en el lado derecho en sentido vertical de abajo hacia arriba lleviran la inscripcion “Es- cudo de la Provincia”; en la parte inferior, del lado izquierdo y a tres renglones se lee16 la leyenda “450 Aniversario Fundacion Monte Cristi”; en la parte inferior derecha aparecera el valor fa- cia1 expresado asi: “2 d”; inmediatamente debajo se leera la pa- la bra “CORREOS”. Los sellos de cinco centavos seran de forma rectangular en ta- maiio de 30 milimetros de alto por 40 milimetros de largo; mos- trarin como motivo pripcipal la reproduccion de una fotografia de la Casa donde se firm6 la Independencia de Cuba; a todo lo largo de la parte superior se lee16 “Republica Dominicana”; a ren- glbn seguido en e1 lado izquierdo apareceri el valor facial expre- sado asi: “5 d”; en la misnia linea del lado derecho Ilevaran la palabra “CORREOS”; a todo lo largo de la parte inferior se lee- ra la inscripcion “Casa donde se firm6 la Independencia de Cu- ba”; a renglon seguido llevaran la leyenda “450 Aniversario Fun- dacion Monte Cristi”. Los sellos de siete centavos seran de forma rectangular en ta- maiio de 30 milhetros de alto por 40 milimetros de largo; mos- traran como motivo principal una composicion fotografica del Morro y una salina de Monte Cristi; a todo lo largo de la parte suoerior se leer6 “Republica Dominicana”; a renglon seguido en el lado izquierdo aparecer5 el valor facial expresado asi: “7 d”; en la misma linea en el lado derecho apareceri la palabra “CO- RREOS”; en la parte inferior izquierda se leerti la inscripcidn “La Salina y el Morro”; a renglon seguido se leerh la leyenda “450 Aniversario Fundacion Monte Cristi”. Articulo 3.- Para dicha emisi6n se utilizari papel litogrhfico para estampillas Cromo 5 6B, sustancia 103 gm2. DADO en Santo Doming0 de Guzmgn, Distrito Nacional, Capital de la Repdblica Dominicana, a 10s cuatro (4) dias del mes de octubre del afio mil novecientos ochenta y tres; afios 1400. de la Independencia y 12 lo. de la Restauracibn. SALVADOR JOPGE BLANCO Dec. No. 1458, que autoriza una emisibn de sellos postales para el franqueo akreo de la correspondencia. G. 0 . NO. 9623, del 16 de octubre de 1983 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 1458 VISTA la Ley sobre Especies Timbradas, No. 2461, de fecha 18 de julio de 1950; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O Articulo 1 . - Se autoriza una eniision de sellos postales para el franqueo akreo de la correspondencia, en las siguientes cantida- des y valores: 200,000 (Doscientos mil) sellos del valor de diez centavos; a colores. A

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona