Texto de la norma
Dec. No. 2889, que aprueba la modificación introducida en los Estatutos de la Asociación de Pequeños Comerciantes, Inc.
G. O. No. 9569, del 30 de noviembre de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2889
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo la Asociación
*
que se menciona en la parte dispositiva del presente Decreto, en
el sentido de que sea aprobada la mc dificacion introducida en sus
Estatutos.
VISTOS 10s documentos que acompaiian dicha iristancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, del 26 de julio de
1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un Beneficio
Pecuniario ;
En ejercicio de las atribuciones que me ccinfiere el articulo 55
de la Constituci6n de la Repdblica, dicto el siguien-le
D E C R E T O :
Y-
Art. 1.- Queda aprobada la modificacibn de 10s Estatutos de
la “Asociacibn de Pequefios Comerciantes, Inc.” (ASOPECO),
con domicilio en [domicilio omitido].
Art. 2.- Dicha modificacibn sed efectiva tan pronto como la
indicada Asociacibn realice la publicacibn y el dep6sito a que se
refiere el articulo 4 de la Ley No. 520, sobre Asociaciones que
no tengan por objeto un Beneficio Pecuniario, de fecha 26 de
julio de 1920.
Art. 3.- Enviese a la Procuraduria General de la RepSblica,
para 10s fines correspondimtes.
DADO en Santo Domingo de Guzmdn, Distrito Fkcionai,
Capital de la Repdblica Dcminicana, a 10s veinticinco (25) dias
del mes de noviembre del afio mil novecientos ochenta y uno;
&os 1380. de la Indepeadencia y 1190. de la Restauracibn.
ANTONIG GUZMAN
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