Texto de la norma
Dec. No. 2794, que deroga el Acápite letra c) del Decreto No. 595, del 23 de enero de 1979.
G. O. No. 9566, del 15 de octubre de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2794
VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo por la empresa Fertilizantes Santo Domingo, C. por A. (FERSAN), por conducto de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, mediante la cual solicita la exclusión de una porción de terreno de su propiedad, del procedimiento de expropiación dispuesto por el Decreto No. 595, de fecha 23 de enero de 1979;
VISTA la Ley No. 344, de fecha 29 de julio de 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Queda derogado el Acapite letra c), del Decreto No. 595, de fecha 23 de enero de 1979, que declaró de utilidad pública e interés social, para la realización del Proyecto de Ampliación y Mejoramiento del Puerto de Haina, una porción de terreno y sus mejoras, con área de 3,024.10 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No. 223-Pte. del Distrito Catastral No. 7 del Distrito Nacional, propiedad de la empresa Fertilizantes Santo Domingo, C. por A. (FERSAN).
Art. 2.- Envíese al Secretario de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, al Administrador General de Bienes Nacionales y al Abogado del Estado, para os fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y uno; años 138o. de la Independencia y 119o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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