Texto de la norma
Dec. No. 2791, que autoriza una emisión de sellos postales.
G. O. No. 9566, del 15 de octubre de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2791
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, de fecha 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo aéreo de la correspondencia, en las siguientes cantidades y valores:
500,000 (Quinientos mil) sellos del valor de siete centavos, a colores;
500,000 (Quinientos mil) sellos del valor de diez centavos, a colores;
200,000 (Doscientos mil) sellos del valor de veinticinco centavos, a colores;
100,000 (Cien mil) sellos del valor de setenticinco centavos, a colores.
Art. 2.— Los sellos de siete centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de alto por 40 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal la reproducción de la flor (orquídea) Encyclia-Cochlesta en sus colores naturales; a todo el largo del lado superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; en el lado inferior se leerá "Encyclia-Cochlesta"; en el lado superior izquierdo tendrán el valor facial expresado así: "7 ¢"; en el lado derecho en sentido vertical, de abajo hacia arriba, las palabras "Correo Aéreo"; a todo el largo del lado inferior llevarán la inscripción "Jardín Botánico Nacional "Dr. Rafael M. Moscoso".
Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de alto por 40 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal la reproducción de la flor (orquídea) Broughtonia Domingensis, en sus colores naturales; a todo el largo del lado superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; en el lado inferior se leerá "Broughtonia Domingensis"; en el lado superior izquierdo tendrán el valor facial expresado así: "10 ¢"; en el lado derecho en sentido vertical, de abajo hacia
arriba, las palabras "Correo Aéreo"; a todo el largo del lado inferior llevarán la inscripción "Jardín Botánico Nacional" "Dr. Rafael M. Moscoso".
Los sellos de veinticinco centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de alto por 40 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal la reproducción de la flor (orquídea) Enclyclia Truncata, en sus colores naturales; a todo el largo del lado superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; en el lado inferior se leerá "Encyclia Truncata"; en el lado superior izquierdo tendrán el valor facial expresado así: "25 ¢"; en el lado derecho en sentido vertical, de abajo hacia arriba, las palabras "Correo Aéreo"; a todo el largo del lado inferior llevarán la inscripción "Jardín Botánico Nacional Dr. Rafael M. Moscoso".
Los sellos de setenta y cinco centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de alto por 40 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal la reproducción de la flor (orquídea) ELLEANthus-CAPITATUS en sus colores naturales; a todo el largo del lado superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; en el lado inferior se leerá "Eleandthus-Capitatus"; en el lado superior izquierdo tendrán el valor facial expresado así: "75 ¢"; en el lado derecho en sentido vertical, de abajo hacia arriba, las palabras "CORREO AEREO"; a todo el largo del lado inferior llevarán la inscripción "Jardín Botánico Nacional Dr. Rafael M. Moscoso".
Art. 3.- Para dicha emisión se utilizará papel litográfico para estampillas cromo 56B, sustancia 103 gm2.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y uno; años 138o. de la Independencia y 119o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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