Texto de la norma
Dec. No. 2720, que concede jubilación con pensión del Estado a varias personas.
G. O. No. 9564, del 20 de septiembre de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2720
VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confrere el articulo 55
de la Constituci6n de la Repfiblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilaci6n y se asigna
sendas pensiones del Estado a las personas siguientes:
1) A1 sefior Jose Porfirio Guerrero Corporrin, una pensi6n del
Estado de doscientos treinta y un pesos or0 (RD$231.00) men-
suales;
2) A1 sefior Justo Echavarria Liberato, una pensi6n del Estado
de trescientos pesos or0 (RD$300.00) mensuales;
3) A1 sefior Wilson Diaz Roa, una pensi6n del Estado de ciento
veinte pesos or0 (RD$120.00) mensuales;
4) Al seiior Juan Gerard0 Urefia Cabrera, una pensi6n del Es-
tad0 de doscientos quince pesos or0 (RD$215.00) mensuales;
5 ) Al sefior Manuel Asunci6n Pachano, UM pensi6n del Esta-
do de ciento sesenta y cinco pesos or0 (RD$165.00) mensuales;
6) A la sefiora Ana honor Caloeron Oviedo, una pensih del
Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales;
7) A la sefiora Beatriz Marte de Maria, una pensi6n del Estado
de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales;
8) A la sefiora Pilar Pichardo de Raymer, una pensi6n del Esta-
do de ciento veintinueve pesos or0 (RD$l29.00) mensuales; y
9) A la sefiora Hilda Altagracia Rond6n de Bret611, UM pen-
si6n del Estado de ciento treinta y dos pesos or0 (RD$132.00)
mensuales.
Art. 2.- Dichas pensiones sedn pagadas con cargo al Fondo de
Pensioners y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Mblicos.
c
DADO en Santo Doming0 de Guzmiin, Distrito Nacional,
Capital de la Repdblica Dominicana, a1 primer dia del mes de
septiembre del aiio mil novecientos ochenta y uno; &os 1380.
de la Independencia y 1 190. de la Restauracih.
ANTONIO GUZMAN
Dee No. 2721, que concede pemidn del Estado 8 varior Centen8rior y Nonqemrior.
V
G. 0. No. 9564, del 20 de septiembre de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la Repdblica Dominicana
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