miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2667

QUE OTORGA EXEQUATUR A VARIOS GRADUADOS UNIVERSITARIOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 nov de 1981fecha
Exequáturtipo
G. O. 9560Gaceta Oficial del 1 ene de 1981
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 2667, que otorga exequátur a varios graduados universitarios. G. O. No. 9560, del 15 de agosto de 1981 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 2667 VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantía de Médicos recien graduados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del artículo 6 de la Ley No. 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantía profesional de los ingenieros, arquitectos y agrimensores; VISTA la Ley sobre Organización Judicial, No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes MEDICO: Juana Mayra Maritza Castillo Ortiz, Oscar Camilo Díaz Bornia, Sheila Patricia de las Mercedes Goicoechea Saiz, Isabel Altagracia Ferreiras Peralta, Francisco Alberto Grullón Santos, Ligia Mercedes Rodriguez Torres, José Maria Cruz Dominguez, Pelagio Cruz Tavarez, Antonio Manuel Franco Pérez, Sixto Antonio Torres Sánchez, Ana Amelia Peguero Santana, Luis Guillermo Sánchez Estrada, Cruz Amalia Aquino Vicente, Bolívar Rodríguez Rosario, Ramón Antonio Martínez Toribio, Pedro Julio Edwards Vólquez, David Dante Ramírez Florentino, José Guillermo Andrés Wazar Puello, Rubén Darío Russell Duarte, Nelson Arturo Torres Castro, Miguel De Jesús Núñez Salcedo, Roberto Miguel González Avilés, Rafael Augusto De Jesús Antín Batlle, Mayda Caridad Méndez y Carlos Manuel Cueto Rodríguez. ODONTOLOGO: Marcio Alexis Reyes Mercado, Diana Antonia Hernández Villa, Fernando Arturo Martínez Saldaña, Gladys Maritza Holguín Alvarez, Eladia Auxiliadora Hernández Ibes, María Del Socorro Acosta Matos, Elena Altagracia Cabrera Espinal, Lázaro Gustavo Ramón Batista Vargas, Mildred Margarita Pascual Vargas, Bethania de Jesús Acosta Reyes, Cecilia Otelia Mejía Núñez; Verenicia De Los Angeles Curiel Paradis, Guarionex Fausto Lilás Suárez y Octavia Esperanza Méndez. ABOGADO: Hugo Antonio Ysargué Aquino, Fausto Miguel Pérez Melo, María Antonieta Bello Felix, Isabel Castillo, Nancy Josefina Mariñez Orsatelly y Edy Arquimedes Acosta De Dios. LICENCIADO EN QUIMICA INDUSTRIAL: Ivette Antonia del Corazón de Jesús Bassa Ramírez. INGENIERO INDUSTRIAL: Marco Antonio Santana Rodríguez. INGENIERO QUIMICO: Luisa Milagros Ozuna y Juan Manuel Hirujo Alvarez. INGENIERO MECANICO ELECTRICISTA: Jorge Ozuna del Rosario, Simeona Guerrero Cedano, Juan Eligio Mota Núñez, Jacinto Ernesto García Rivera, Miguel Reyes, Julio Enrique De Winds Reyes y Miguel Paiewónsky González. INGENIERO ELECTROMECANICO: Jesús María Peña Fuentes. INGENIERO ELECTRICO: Nilson Rafael Pérez Santana. INGENIERO MECANICO: Leoncio Daniel Shulterbrandt Dipré. INGENIERO CIVIL: Héctor Manuel Bello Bera, Héctor Ramón Santos Rojas, Rafael Eduardo Estrella Virella, Robinson De Jesús Santana Padilla, Carmen Luz Manzanc Bonilla, Vicente Rafael Tapounet Loinaz, Miguel De Jesús Febriel Ramírez, Vidal Antonio Tejeda Rincón, Francisco Augusto Lara Terrero, Domingo Israel Cabrera Vargas, Ambrosina Caridad Vargas García, Vicente Paniagua Richardson y José Antonio Peralta Fernández. AGRIMENSOR: Marcelo Aramando De Windt Mora, José Altagracia Ciprián Lora, Julio Antonio Brito Montero y Rafael Antonio Castellanos López. Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensorev y a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y uno; años 138o. de la Independencia y 118o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona