Texto de la norma
Dec. No. 2646, que otorga exequátur de C.P.A. a varios graduados universitarios.
G. O. No. 9559, del 31 de julio de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2646
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales, No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, la profesión de Contador Público Autorizado: Tomás Reyes, María del Rosario Sori Medrano, Francisco Ferreras Sánchez, Luisa Altagracia Sánchez Guirado, Pascual Espinosa, Raisa Susana Santana Reyes, Cristina Cabrera Collado Amanda, Rosa Feliciano Beras, Huberto Abel Méndez Domínguez, Aman
da Celeste González Corporán, Félix Antonio González Peguero, Patricio Alberto Quezada, Bienvenido Antonio Pérez Díaz, Juan Valoy, Zenón Santana Cedeño, Fernando Alberto Casanova Garcés, Roberto Antonio Ceballos Peña, Hebe Maura Quiñones Hernández, Rafael Randolfo Encarnación Gil, Juan Ramón Eladio Pimentel Sánchez, Martha Elizabeth Pérez Barreto, Celso Tolentino Céspedes Brito, Angela Soto Martínez, Fidelia Isabel Peguero Maduro, Martha Concepción del Corazón de Jesús Alba Fériz, Sócrates Jorge Hernández García, César Augusto Puello, Víctor Hugo Mariano Rosario, Sandra Altagracia Sepúlveda Feliz, Leonardo Cedano, Héctor Tomás Medina, César Antonio de Jesús Peralta Cohén, Modesto Jiménez Reynoso, José Estrella Cruz; Nardo Bienvenido Espinosa, Miguel Andrés Ramos Vargas, Pablo Enrique Rivera Ortiz, Alejandro Encarnación Sterling, Ana Antonia Suero Hidalgo, Dilia Encarnación Encarnación, Alfonso Rodríguez Maldonado, Milton Lora Gómez, Milagros Josefina Maldonado, Manuel Candelario Miqui Martínez, Mario Bolívar Payán González, Emelda Edita Molina Acosta, Faustina Báez Benítez, Maira Susana Torres García, Celeste Beatriz Zorrilla Ramírez, Efraín Erasmo Esquea Valdez, Pedro Rodolfo Mateo, Providencia Antonia Bretón Muñoz, María de los Angeles Urbáez Ramírez, José Francisco Jiménez Torres, Felipe R. inamés Céspedes Gutiérrez, Lilian de las Mercedes Gutiérrez, Francisco Matos Cuevas, Nérida Sibeles Reyes Peña y Mercedes Amelia Rodríguez Sánchez.
Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta y un (31) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y uno; años 138o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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