Texto de la norma
Dec. No. 1357, que concede naturalización dominicana provisional, al menor de edad, José Juan Flores Zavala.
G. O. No. 9620, del 31 de agosto de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1357
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo el Ing. Luis Guillermo Flores Díaz, para que le sea concedida la naturalización dominicana provisional a su hijo menor de edad José Juan Flores Zavala;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTO el Párrafo I del Artículo 26 de la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley No. 2665, de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se concede la naturalización dominicana provisional en favor del menor de edad, José Juan Flores Zavala, nacido en la Ciudad de Saltillo, Estado de Coahuila, México, en fecha 2 de marzo de 1966, hijo legítimo de los señores Ing. Luis Guillermo Flores Díaz y María Angelica Zavala de Flores, de nacionalidades dominicana y mexicana, respectivamente.
Artículo 2.— Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trintiún (31) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 121o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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