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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1267

QUE CONCEDE SENDAS PENSIONES DEL ESTADO A VARIAS PERSONAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 jul de 1983fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9618Gaceta Oficial del 1 ene de 1983
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1267, que concede sendas pensiones del Estado a varias personas. G. O. No. 9618, del 31 de julio de 1983 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1267 VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilación a las personas siguientes: 1) Fernando Arturo Deño Rivas, con una pensión del Estado de ciento setenticinco pesos con once centavos (RD$175.11) mensuales; 2) Tancredo Eloy Martínez García, con una pensión del Estado de mil pesos oro (RD$1,000.00) mensuales; 3) Amado Padrón Pimentel, con una pensión del Estado de trescientos noventiocho pesos con ochentinueve centavos (RD$398.89) mensuales; 4) Tomás Reyes Amparo, con una pensión del Estado de ciento setentiseis pesos oro (RD$176.00) mensuales; 5) José Altagracia Benítez, con una pensión del Estado de doscientos cuarentiseis pesos con sesentiseis centavos (RD$246.66) mensuales; 6) Mario Polanco Martínez, con una pensión del Estado de doscientos vente pesos oro (RD$220.00) mensuales; 7) Migdalía Rodríguez Lazala, con una pensión del Estado de trescientos sesenta pesos oro (RD$360.00) mensuales; A 8) Luisa Altagracia Acevedo Burgos, con una pensibn del Esta- do de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 9) Natalia Espinal, con una pensi6n del Estado de ciento vein- ticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 10) Daniel Mateo, con una pension del Estado de ciento seten- tiseis pesos or0 (RD$176.00) mensuales; . 11) Lucas Evangelista Pinal, con una pension del Estado de ciento setentiseis pesos or0 (RD$I76.00) mensuales; 12) Luis Caonabo Suazo VelBzquez, con una pensibn del Es- tad0 de ciento cuarenta pesos or0 (RD$140.00) mensuales; 13) Miguel Angel Rodriguez Miranda, con una pensi6n del Es tad0 de ciento sesentiocho pesos con sesentiseis centavos (RD$ 168.66) mensuales; 14) Pericles Huhscar Martinez, con una pension del Estado de doscientos setenticuatro pesos con cuarenticuatro centavos (RD$ 274.44) mensu ales ; 15) Valentin E. Castillo Tapia, con una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales; 16) Fernando PCrez, con una pension del Estado de ciento cuarenticuatro pesos or0 (RD$l44.00) mensuales; 17) Miguel Angel Garcia Fernhndez, con una pension del E s tad0 de doscientos seis pesos con ochenta centavos (RD$206. 80) mensuales; 18) Julio Olimpio Minifio Castillo, con una pension del Estado de ciento noventiocho pesos or0 (RD$198.00) mensuales. Art. 2.- Dichas pensiones seran pagadas con cargo a1 Fondo de . Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Nblicos. -J( DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona