Texto de la norma
Dec. No. 956, que otorga exequátur a varios profesionales.
G. O. No. 9610, del 16 de abril de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 956
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales, No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantía de Médicos recién graduados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones;
VISTA la Ley del Notariado, No. 301, de fecha 18 de junio de 1964;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.
MEDICO:
Clodomiro Mejía De Jesús, Altagracia González López, Martha Raquel Soto Marión, Ramón Darío Sánchez Guerrero, Rafael Augusto Herrera Del Orbe, Rafael Cocco González, Delsa María Japa Sánchez, Iselso Antonio Abreu García, Gladis Altagracia Lizardo García, Malta Milena Alcántara Tejeda, Federico Adolfo Henríquez Molina, Miguel Rafael Ortega Arias, Leonidas De Los Santos Domínguez, Amado Ricardo De Jesús De León Peña, Atalo Agustín Mejía Guerra y Vielka Mercedes Ceballos De Jesús.
BIOANALISTA:
Edis Margarita De León Cuevas, Maira Rita González Santana y Deysi Sebastiana Paulino Núñez.
QUIMICO:
Rafael Santiago Matos Silfa y Teresa de Jesús Tavárez.
FARMACEUTICO:
Lesbia Luz Ricardo Reyes.
PSICOLOGO CLINICO:
Sandra Georgina Bujosa Camarena.
MEDICO VETERINARIO:
José Anibal Mateo Valdez.
TECNOLOGO MEDICO:
Mirian Gricerda Mordán Tejeda.
CIRUJANO DENTAL:
Juan Osides Núñez Soto.
ODONTOLOGO:
Luis Emilio Marmolejos Frica, Marino Epifanio Guzmán Henríquez, Héctor Bienvenido Castillo Castillo y Eduardo Miguel Rodríguez Grullón.
CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO:
Miguelina Andrea Tejada González, Asunción Ogando Navarro, Estela Josefina Sosa Cepín y Pablo Valdez Martínez.
NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL:
Hipólito Marcelino Medina Llauger.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE MOCA:
Eleodora Del Carmen Batista Bueno.
Art. 2.- Envíese a las Secretarías de Estado de Salud Pública y Asistencia Social y de Finanzas y a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.