Texto de la norma
Dec. No. 831, que otorga exequátur a varios profesionales.
G. O. No. 9608, del 16 de marzo de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 831
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantía de Médicos recién graduados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO :
Art. 1.— Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, la profesión de Médico, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes: Ligio Antonio Tavárez de Peña, Fausto Manuel Moreta Díaz, Dory Margarita Díaz Toledo, Maira Baudilia Altagracia Fortuna Pérez, Franklin Domingo Gutiérrez Ventura, Ulises América Hernández Díaz, Rafael Laudicio Méndez Rodríguez, Clara Aurora Guerrero Cabelo, Luis Rafael Jiménez Capellán, Bernardo Martínez Moreta, Flavio Augusto García Gómez, Rebeca Rosa Simó Simó, Rafael Enrique González Cruz, Ramón Emilio Marte Adames, Víctor Aníbal Núñez, Bernarda Eduviges Montás Sánchez, Miguel Angel Geraldino Oller, Ondina Mercedes Rodríguez Rodríguez, Iris Alexandra Rodríguez Diloné, Milagros Sánchez Cabrera, Rubén Antonio Castillo Méndez, Wilson Hazim Cuevas, Hostos Fidel Fernández Caamaño y Sager Enid Rodríguez Zaragoza.
Art. 2.— Envíese a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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