Texto de la norma
Dec. No. 756, que autoriza una impresión de sellos para documentos.
G. O. No. 9606, del 16 de febrero de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 756
VISTA la Ley No. 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se autoriza la siguiente impresión de sellos para documentos:
1,000,000 (Un millón) sellos del tipo de RD$2.00, numerados del 001 al 1000000, color sepia, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo de 50 libras.
500,000 (Quinientos mil) sellos del tipo de RD$3.00, numerados del 001 al 500000, color morado, en papel especial, engomado con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
500,000 (Quinientos mil) sellos del tipo de RD$6.00, numerados del 001 al 500000, color azul, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
La impresión de estos sellos se hará con el mismo tamaño y diseño de las emisiones anteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y tres; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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