Decreto N° 3796, que autoriza al Ayuntamiento del Seibo a permutar un solar propiedad del Municipio. G. O. N° 8250, del 7 de junio de 1958.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3796
VISTA la Resolución N° 8-58 dictada por el Ayuntamiento del Municipio del Seibo en fecha 23 del mes de abril del año en curso;
En virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 3 de la Ley N° 4381 de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 25 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.—Autorizo al Ayuntamiento del Municipio del Seibo a permutar un solar de su propiedad con un área de
215 metros cuadrados, ubicado en la Avenida Asomante, de aquella ciudad, por el solar propiedad del señor José Cueto Espinal, con igual extensión superficial y ubicado en la calle Sánchez.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve dias del mes de mayo del mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona