Texto de la norma
Decreto Nº 3776, que autoriza el cambio de nombre de la menor María Isabel Amiama Diná, por el de Altagracia Amiama Diná. G. O. Nº 8243, del 31 de mayo de 1958.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3776
CONSIDERANDO: Que en fecha 11 de mayo de 1957 el señor Luis Amiama Tió, dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, de este domicilio y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida] Nº 413, fué autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la ley para cambiar el nombre de su hija menor María Isabel Amiama Diná, por el de Altagracia Amiama Diná, por ser este último el que siempre ha usado y por el cual se le conoce;
CONSIDERANDO: Que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades de publicidad requeridas por la ley;
CONSIDERANDO: Que en fecha 14 de mayo del año en curso el Secretario de Estado de Justicia ha comunicado al Poder Ejecutivo que no se ha producido ninguna oposición al cambio de nombre de que se trata;
VISTOS los artículos 81, 82 y 83 de la Ley sobre Actos del Estado Civil Nº 659 de fecha 17 de julio de 1944, y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 in-
ciso 2º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El señor Luis Amiama Tió, de las generales indicadas, queda autorizado a cambiar el nombre de su hija menor María Isabel Amiama Diná, por el de Altagracia Amiama Diná.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en un diario de circulación nacional, además de en la Gaceta Oficial.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115º de la Independencia, 95º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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