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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3743

QUE DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA LA ADQUISICION POR EL ESTADO DE LA PARCELA N° 121-B DEL DISTRITO CATASTRAL N°3, DEL D.N.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 may de 1958fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 8244Gaceta Oficial del 1 ene de 1958
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 3743, que declara de utilidad pública la adquisición por el Estado de la Parcela N° 121-B del Distrito Catastral No. 3, del D. N. G. O. N° 8244, del 17 de Mayo de 1958. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 3743. VISTAS la Ley de Dominio Eminente, N° 480, del 20 de mayo de 1920, y sus modificaciones, y la Ley N° 344, sobre Procedimiento de Expropiación por el Estado, los Municipios y el Distrito Nacional, del 29 de julio de 1943; VISTO el artículo 18 de la Ley que instituye la Administración General de Bienes Nacionales, N° 1832, del 3 de noviembre de 1948; VISTO el artículo 8, inciso 9 de la Constitución de la República, y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 51 inciso 2 de la misma Constitución, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se declara de utilidad pública y de interés social la adquisición, por el Estado, de la Parcela N° 121-B del Distrito Catastral N° 3 del Distrito Nacional, la cual tiene un área de 9 hectáreas, 79 áreas y 31 centiáreas, propiedad del señor Emilio Tejera Bonetti. Art. 2.— En caso de no poderse llegar a un acuerdo amigable con el propietario para la venta al Estado del inmueble mencionado, el Administrador General de Bienes Nacionales iniciará todos los procedimientos judiciales requeridos por la ley para la expropiación, y queda investido, por el presente Decreto, de los poderes necesarios para realizar todos los actos, procedimientos y recursos tanto ordinarios como extraordinarios que sean de lugar, para la adquisición del inmueble descrito anteriormente. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de mayo del mil novecientos cincuenta y ocho, años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona