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Texto de la norma
Decreto No 3694, que otorga el exequatur de Ingeniero Civil a 10s sefio-
res Santiago Elniudesi Porcelia y Fabio Guarionex Bueno Polanco .--
G. 0. N O 8237, del 23 de ab14 de 1958.
flECI'OK I2'IErV VENIUO TKUJlLLO iClOLINA
Presiderite de la liepiihlica Uoiriinicana
NUMERO 369-1-
I'JSTA la Ley N" 111 de i'echa :3 de novieintire de 1941,
sobre Exequhtur; de Profesionales;
E I ejercicio de la atribucicin que me confiere el articu-
lo 5-1 inciso 3" de la Chnstitucibn de la Repiiblica, clicto el
siguiente
D F X R E 'ro :
'I'NICO.--Se
otorga el exequhtur de ley para que pue-
<Ian ejercer en todo el territorjo de la Repiiblica la pivfesitiil
de Ingeniei-o Civil, de coilforinidad con las leyes y regla-
iuentos (le 1:t Inateria, a las siguicntes personas :
a) AI seiior S:inti:igo
Eltn<itleai I'orcella;
y
b ) A I sciior Fal~io Guar.ioiicx I3rteno L'ola~ic(~.
11.2I)O en Ciudatl 'J't-uiillo, I~jsirilo National, Capiial tie!
la Kepiihlica IIoniiiiic.an:i,
:I 104 riiecicwho cii:is del 111es de
ahil de mil novecictilos cincucnta y ocho; Lliios 113" cic la
Intle~~eiidriic.ia,
!).j" (le la Restaui*acitin > '18" cic 1:) EI.:I cie
Ti. I i,j i
I I o.
IIECTOR R. 1 I < ~ ~ ~ J ~ I , I , O
i l / O L , I S A .
titución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.—El señor Miguel Román Pérez, Ministro Consejero de la Embajada de la República en el Japón, queda designado Observador del Gobierno dominicano ante la Segunda Conferencia Cartográfica Regional de las Naciones Unidas para Asia y el Lejano Oriente, la cual se celebrará en Tokio (Japón), del 20 de octubre al 1º de noviembre de 1958.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de abril de mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115º de la Independencia, 95º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Decreto Nº 3696, que autoriza la impresión de una emisión de sellos de correos.— G. O. Nº 8237, del 23 de abril de 1958.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3696
VISTA la Ley de Especies Timbradas Nº 2461, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 51 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza la siguiente emisión de sellos de correos para el franqueo de la correspondencia ordinaria:
500,000 (Quinientos mil) sellos de RD$0.04, color verde oliva;
500,000 (Quinientos mil) sellos de RD$0.07, color violeta; y
500,000 (Quinientos mil) sellos de RD$0.10, color ocre marrón.
Art. 2.—Los sellos serán impresos sobre fondo blanco, en tamaño de 37 milímetros de alto por 27 milímetros de an-
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.