Texto de la norma
Decreto Nº 3680, que autoriza la impresión de una emisión de sellos de correos. G. O. Nº 8236, del 17 de abril de 1958.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3680
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2461, del 18 de julio de 1950, publicada en la Gaceta Oficial Nº 7151;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza la siguiente emisión de sellos de correos para el franqueo de la correspondencia ordinaria:
500,00 (QUINIENTOS MIL) sellos de RD$0.07 color rojo y azul.
Los sellos serán impresos en tamaño de 33 milímetros de alto por 28 milímetros de ancho, sobre fondo blanco. Se leerá en sentido horizontal, hacia al margen superior y a todo el ancho del sello: "REPUBLICA DOMINICANA"; debajo de esta leyenda se leerá, en caracteres más pequeños: "CORREOS"; debajo de ambas leyendas y hacia el ángulo superior izquierdo aparecerá el valor facial del sello en guarismos y debajo de éste el signo de centavos; hacia el margen inferior, en sentido horizontal en letra la palabra "UNESCO"; y en la parte central aparecerá una alegoría del afán de la humanidad por superarse mediante la educación, la ciencia y la cultura, representada por un fuego simbólico.
Art. 2.—Los sellos de la presente emisión se pondrán en circulación en la misma fecha que se inaugure en París el edificio de la Unesco.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de abril del mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de al Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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