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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3560

QUE JUBILA A VARIOS MIEMBROS DEL MAGISTERIO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 feb de 1958fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 8219Gaceta Oficial del 1 ene de 1958
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Julio de Windt LavandierPensión—RD$35.00

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 3560, que jubila a varios miembros del Magisterio.— G. O. Nº 8219, del 3 de marzo de 1958. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 3560 CONSIDERANDO: Que en el presente caso los Inspectores, Directores y Maestros de Escuelas que se indican en el dispositivo de este Decreto, reúnen las condiciones que exige la ley sobre la materia para que puedan ser jubilados y que sus jubilaciones han sido recomendadas por el Encargado de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes; VISTA la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado Nº 1316 de fecha 29 de diciembre de 1946, y el artículo 69 de la Ley Orgánica de Educación Nº 2909 de fecha 5 de junio de 1951; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se concede el beneficio de la jubilación y se asignan sendas pensiones del Estado, a las siguientes personas: a) A Santiago del Pilar Ventura, Director del Liceo de Educación Secundaria de San Francisco de Macorís, una pensión de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; b) A Ana Josefa Jiménez Yépez, Inspectora de Educación del Distrito Escolar N° 74, de Santiago, una pensión de ciento cuarenta pesos oro (RD$140.00) mensuales; c) A Luis Felipe Monsanto, Inspector de Educación del Distrito Escolar N° 76, de Santiago, una pensión de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; d) A Mercedes Victoria Castro Heredia, Directora de la Escuela Primaria Urbana "Padre Billini", de Ciudad Trujillo, una pensión de noventa pesos oro (RD$90.00) mensuales; e) A Eloína Constanzo de Suárez, Directora del Liceo de Educación Secundaria de El Seibo, una pensión de noventa pesos oro (RD$90.00) mensuales; f) A Leví Germosén Torres, Inspector de Educación del Distrito Escolar N° 44, de Miches, una pensión de noventa pesos oro (RD$90.00) mensuales; g) A Rosa Carmen Porrata de Beras, Directora de la Escuela Primaria Urbana "Manuela Díez Jiménez", de El Seibo, una pensión de setenta pesos oro (RD$70.00), mensuales; h) A Nicolás Camilo Reyes, Inspector de Educación del Distrito Escolar N° 69, de Salcedo, una pensión de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; e i) Al Dr. Julio de Windt Lavandier, Profesor del Liceo de Educación Secundaria de San Pedro de Macorís, una pensión de treinta y cinco pesos oro (RD$35.00) mensuales. Art. 2.—Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y ocho; Años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona