Texto de la norma
Decreto Nº 3552, que autoriza al Consejo Administrativo del Distrito Nacional a permutar solares propiedad del Distrito Nacional.— G. O. Nº 8218, del 1o. de marzo de 1958.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3552
VISTA la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por el Presidente del Consejo Administrativo del Distrito Nacional;
En virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 3 de la Ley Nº 4381 de fecha 10 de febrero de 1956; y
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 25 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Se autoriza al Consejo Administrativo del Distrito Nacional a permutar la manzana de su propiedad Nº 1505 del Distrito Catastral Nº 1 del Distrito Nacional, valorado en la cantidad de RD$8,950.00, por los solares propiedad del señor Benjamín Paiewonsky Nos. 14 y 15 de la manzana Nº 1004 del Distrito Catastral Nº 1 del Distrito Nacional, valorados en la cantidad de RD$3,187.28, los cuales resultan afectados por el proyecto de ampliación de la calle 24 de esta ciudad. El señor Benjamín Paiewonsky deberá pagar al Consejo Administrativo la diferencia de RD$5,762.72 como saldo de la permuta.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y ocho; Años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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