Texto de la norma
Decreto Nº 4695, que autoriza una emisión de sellos para el franqueo ordinario. G. O. Nº 8348, del 6 de Abril de 1959.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4695.
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas, Nº 2461, del 18 de junio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza una emisión de sellos para el tranqueo ordinario en los siguientes tipos y cantidades:
500,000 (Quinientos mil) sellos de RD$0.07 centavos en color lila; y
500,000 (Quinientos Mil) sellos de RD$0.07 centavos en color azul marino.
Art. 2.— Los sellos serán impresos sobre fondo blanco en el tamaño de 32 milímetros de ancho por 37 de alto; en el margen superior, en sentido horizontal, y a todo el ancho del sello se leerá "República Dominicana"; debajo de esta leyenda, hacia el margen izquierdo en el sentido vertical se leerá la palabra "CORREOS; y en sentido horizontal hacia el margen derecho y en caracteres pequeños se leerá "IV Centenario"; y en los ángulos inferiores izquierdo y derecho respectivamente, dentro de pequeños cuadrados aparecerán el valor facial de los sellos y el signo de centavos (CTS) y en el espacio comprendido entre ambos cuadrados y en sentido horizontal se leerá "CARLOS V"; diseño central aparecerá la figura ecuestre del Emperador Carlos V.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta y nueve, años 116º de la Independencia, 96º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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