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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4685

DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA LA ADQUISISCION POR EL ESTADO DE UNA PORCION DE TERRENO DENTRO DE LA PARCELA NO. 17-A DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 9 DEL DISTRITO NACIONAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 mar de 1959fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 8347Gaceta Oficial del 1 ene de 1959
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 4685, que declara de utilidad pública la adquisición por el Estado, de una porción de terreno dentro de la Parcela Nº 17-A del Distrito Catastral Nº 9 del Distrito Nacional. G. O. Nº 8347, del 1o. de Abril de 1959. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 4685 VISTAS la Ley de Dominio Eminente, Nº 480, del 20 de mayo de 1920, y sus modificaciones, y la Ley Nº 344, sobre Procedimiento de Expropiación por el Estado, los Munici- pios y el Distrito Nacional, del 29 de julio de 1943, y sus modificaciones; VISTO el artículo 18 de la Ley Nº 1832, del 3 de noviembre de 1948, y el Decreto Nº 3877 del 22 de junio de 1958; VISTO el artículo 8, inciso 9 de la Constitución de la República, y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º de la misma Constitución, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. 1.—Declaro de utilidad pública y de interés social la adquisición por el Estado, de una porción de terreno de 207.46 tareas ubicada dentro de la parcela Nº 17-A del Distrito Catastral Nº 9 del Distrito Nacional, propiedad de los sucesores de Miguel de los Santos. Art. 2.—En caso de no poderse llegar a un acuerdo amigable con los propietarios para la venta al Estado del inmueble mencionado, el Director General de Rentas Internas y Bienes Nacionales iniciará todos los procedimientos judiciales requeridos por la Ley para la expropiación, y queda investido, por el presente Decreto, de los poderes necesarios para realizar todos los actos, procedimientos y recursos tanto ordinarios como extraordinarios que sean de lugar, para la adquisición del inmueble descrito anteriormente. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta y nueve, años 116º de la Independencia, 96º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona