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Texto de la norma
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'DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de
la Republica Doniinicana, a 10s veinticinco dias del nies de
marzo del mil novecientos cincuenla 7 nueve, aiios 1160 de
la Independencia, SGo (le la Restauraclbn y 290 de la Era de
Trujillo,
ilk(;TOl< 13. TI<t'./lILO XOLISA.
Decreto No 4681, que noinbra a1 Mayor Gastioenter61og.o Eduardo Roe-
d8n Majluta, Representante del Ejercito Nacional en la 21ra. Sesi6n de
la Oficina Internacional de Documentacibn de Medicina Militar, en Paris.
G . 0. No 8347, del lo. dc Ahril de 1959.
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NURIERO 4681
En ejercicio de las atribiicioiies que iiie confiere el ar-
ticulo 51 de la Conslitucibn de la I3epiiblica, dicto el si-
guienle
1) I' c I3 E 'I' 0 :
ARTICULO UNICO : El Mayor Gastroenterdogo Eduar-
do Roed6n Rfajluta, E. N., queda noinbrado representaiile del
Ejkrcito Nacional ('11 la 21') SesiOii de la Oficina In ternacio-
nal de Docuiiiei! iacitin de JIecliciiia ?,Iilitnr, que se celebra-
rA en Paris, del 31 tlc i i i a i * m a1 5 ttct abril tiel presente aiio.
1>.41)0 en Ciiitlatl 'lrli.jillo, 1)istirto Xacional, Capital de
la Kcpiiblira Iloiiiiiiic:ina, a lo\ vcintiseis dias del ines di:
iiiaixo del iiiil iiovecieiitos cinciieiita y iiueve, afios 116" de
.la Indrpeiitleiicia, '3G0 de la Kestaiiracitiii y 2'3') de la ISra de
Tr ii j i 1 Io.
IILC 2'0 K 1;. 1'11 c.11 LLO .I1 0 I'I
Dccreto No 4682, que recmoce CL'IIIO
oiganisnio oficial aut6nonio y dota-
do de personalidad juridica, el Colegio de Profesionales UniversilarioS
de la Provincia de Julia Moliria.
G . 0. NO 8347, del lo. de Ab111 de 195!).
Presitlriite tlc In Rcpiihlicw I)oiiiiniccrrici
IIEC 1'0 R BIER; T'ENlD0 TRUJl I, LO 31 0 LINL1
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Estatutos para regir la organización y el funcionamiento de los Colegios de Profesionales Universitarios, dictados por la Confederación Nacional de Colegios de Profesionales Universitarios con fecha 26 de julio de 1954 y aprobados por Decreto N° 70, de fecha 7 de agosto de 1954;
VISTA la copia certificada del acta de la asamblea celebrada por el Colegio de Profesionales Universitarios de la Provincia de Julia Molina el día 8 de febrero de 1959, en la cual fué elegida la Junta Directiva que deberá permanecer en funciones durante el período que terminará el día 31 de julio de 1960;
CONSIDERANDO: Que han quedado cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley y por los Estatutos para la constitución definitiva del referido Colegio de Profesionales Universitarios;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.—El Colegio de Profesionales Universitarios de la Provincia de Julia Molina queda reconocido como organismo oficial autónomo, regularmente constituido y dotado de personalidad jurídica, a partir de la publicación del presente Decreto en la Gaceta Oficial.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta y nueve, años 116° de la Independencia, 96° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Decreto N° 4683, que nombra al Embajador Dr. J. M. Sanz Lajara, Representante de la República en el Segundo Período de Sesiones de la Comisión Especial de 21 Países, en Buenos Aires.
G. O. N° 8347, del 10, de Abril de 1959.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4683
En ejercicio de las atribuciones que me confiere la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO: El Dr. J. M. Sanz Lajara, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Argentina,
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.