Texto de la norma
Decreto N° 4654, que autoriza al Municipio de San José de Ocoa, a permutar mejoras de su propiedad.
G. O. N° 8344, del 25 de marzo de 1959.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4654
VISTA la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por el Ayuntamiento del Municipio de San José de Ocoa;
En virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 3 de la Ley N° 4381, de fecha 10 de febrero de 1956; y
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54, inciso 25, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO :
ARTICULO UNICO.—Se autoriza al Municipio de San José de Ocoa a permutar las mejoras edificadas en la casa de su propiedad N° 29 de la calle Duarte, de esa población, consistentes en maderas del país y zinc, por el solar propiedad de la señora Henocaria Sánchez Sánchez Vda. Díaz, ubicado en la intersección de las calles "General Cabral" y "San José", de dicha población, el cual tiene una extensión superficial aproximada de 215.01 metros cuadrados.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de marzo del mil novecientos cincuenta y nueve, años 116° de la Independencia, 96° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.