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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4607

CONCEDE PENSION DEL ESTADO A VARIOS ANCIANOS INDIGENTES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 feb de 1959fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 8338Gaceta Oficial del 1 ene de 1959
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 4607, que concede pensión del Estado a varios ancianos indigentes. G. O. Nº 8338, del 4 de marzo de 1959. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 4607. CONSIDERANDO: Que las personas que se indican en este Decreto reúnen las condiciones exigidas para que los nonagenarios y centenarios puedan ser beneficiados con una pensión del Estado; VISTA la Ley Nº 4219 del 22 de julio del 1955, y su Reglamento Nº 1150, del 14 de septiembre del mismo año; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Concedo el beneficio de una pensión del Estado de RD$10.00 mensuales a las siguientes personas nonagenarias: a) Juan de Jesús Ureña Ureña; b) Bruno Mañón; c) María Cuevas; d) Jesús Bisonó Blanch; e) Celestino Vásquez; y f) Luis José Rodríguez Espinal. Art. 2.— Concedo el beneficio de una pensión del Estado de RD$20.00 mensuales a las siguientes personas centenarias: a) Zacarías Mejía; y b) Jesús Báez. Art. 3.— Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y nueve, años 115° de la Independencia, 96° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona