SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 722
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 5 5
de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O
Art. 1.- Se modifica el Art. 2 del Decreto No. 248. de fecha
27 de septiembre de 1978, para que en lo adelante diga de la ma-
nera siguien te :
“Art. 2.- Los Miembros Permanentes del Consejo Nacional de
Fronteras serin 10s seliorcs Tomas Briez Diaz, Presidente y An-
gel Miolan, Vicepresidente: y 10s seliores Dr. Alcides Camejo:
Dr. JosP Alonso Puig: Ing. Virgilio Perez Bernal; Ing. Salvador
Sturla hijo; e Ing. Emilio Almonte JimPnez, Mienibros”.
Art. 2.- Quedan derogados 10s Decretos Nos. 1542 del 19 de
febrero de 1980; 2358 del 2 de abril de 1981 ; y 2 13 del 8 de sep-
tiembre de 1982.
DADO en Santo Domingo de Guznian, Distrito Nacional.
Capital de la Republica Dominicana, a 10s tres ( 3 ) dias del mes
de febrero del aiio mil novccientos ochenta y tres; alios 1390. de
la Independencia y 1200. de la Restauracion.
SALVADOR JORGE BLANCO
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona