SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 2157
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduria Gene-
ral de la Republica, ha elevado a1 Poder Ejecutivo la Sociedad
Concorde International Hotels Corp., constituida y existente de
conformidad con las leyes de la Repiiblica de Panami;
VISTOS 10s documentos que acompaiian dicha instancia;
VISTAS las disposiciones del Articulo 1 3 del Codigo Civil;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55
de la Constituci6n de la Kepublica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo Unico.- Se autoriza a la Sociedad Concorde lnterna-
tional Hotels Corp., compafiia constituida de conformidad con las
leyes de la Republica de Panami, con su domicilio en Panami, a fi-
jar su domicilio en la Republica Dominicana.
DADO en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Capi-
tal de la Republica Dominicana, a 10s veinticuatro (24) dias del
mes de julio del aiio mil novecientos ochenta y cuatro; aiio 1410
de la Independencia y 1210 de la Restauracion.
SALVADOR JORGE BLANCO
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona