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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1954

QUE OTORGA EXEQUATUR A VARIOS PROFESIONALES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
27 abr de 1984fecha
Exequáturtipo
G. O. 9636Gaceta Oficial del 1 ene de 1984
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No.1954, que otorga exequátur a varios profesionales. G.O. No. 9636 del 30 de Abril de 1984 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1954 VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales, No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones; VISTA la Ley sobre Organización Judicial No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones; VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964, y sus modificaciones; VISTA la Ley sobre Contadores Públicos Autorizados, No. 633, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes: ABOGADO: Francisco Cruz Solano, Nelson Sánchez Quezada, Duane Rafael Pujols Pujols, Ramón Antonio Sánchez de la Rosa, Ybelca Castillo Castillo, Berkis María López Acosta, Ricardo Antonio Valdez Albizu, José Manuel Alberto Hernández Peguero, Héctor Rafael de Jesús Alvarez Cepeda, Félix Guaroa López Segarra, Rafael Amauris Contreras Troncoso, Pedro Antonio Amparo de la Cruz, Víctor Pinales Jiménez, Joselín Margarita de la Altagracia Gómez Rosseaux, Oscar Rafael Peguero Fabián y Félix Leonel Martínez Sánchez. NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL: Edgar Barnichta Geara, Maritza Flores Chang, José Julián Barinas Gómez, Francisco Antonio Fernando Fernández Tejada y Víctor Rafael de la Cruz Veras. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE PEDERNALES: José Miguel Pérez Heredia. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO: Oscar Rafael Silverio. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN DE LA MAGUANA: Angel Danelis Jiménez Ortiz. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE LA ROMANA: José Simeón Rosa Franco. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE CONSTANZA: Juan Roberto Jiménez Tejada. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE MOCA: Norberto Antonio Bidó Barcácel. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO DE MACORIS: Blas Figuereo Peña. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE MAO: César Humberto Lantigua Pilarte. CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO: Juan Montás Montero, César Antonio Thiman Acosta, Ramón Emilio Saviñón Ríos, Ysolina Carvajal Féliz, Luis Ramón López Abreu, Luis José Sanquintín Guerrero, Aida Lucía Lora Cabán, Candelaria Sosa Alejo, Maira Rafaela de los Angeles Troncoso Pimentel, Ramón de las Mercedes Sánchez Montás, Amanda Teresa Martínez Chaín, Sixto Gabriel Mejía Santana, Ana Soraya de la Altagracia Pina Díaz, Pascuala Beato, José Miguel Liranzo García, Cruz Aleyda de la Altagracia Candelario Paredes, Maritza Caridad Alvarez, Germania Altagracia Reyes Familia, Angel Guerrero Cedano, María Estela Terrero Sánchez, Ramón Etanislao Garrido, Francia Margarita del Carmen Méndez Jiménez, Aquilino Mercedes, Andrés Bienvenido Peña Castillo, Vilma Yamil del Corazón de Jesús Portes Rojas, Salvador Antonio Henríquez Peña, Pura Sánchez de León, Ana Mercedes de la Cruz Rosario, Hugo Guillermo Ogando Andújar, Epifania Altagracia Rodríguez Ortiz, Servio Enrique Sánchez Luciano, Ana María Barett López, Sención Blanco Suárez, María Elvira Mejía Cabrera, Frine Miguelina Socorro León Cruz, Angel María Sánchez Sánchez, Neris Antonia Solano Martínez, y José Antonio Lara Mejía. Artículo 2.— Envíese a la Procuraduría General de la Repúbli- ca y a la Secretaria de Estado de Finanzas, para 10s fines corres- pondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capi- tal de la RepGblica Dominicana, a 10s veintisiete (27) dias del mes de abril del aiio mil novecientos ochenta y cuatro; afio 141O de la Independencia y 121O de la Restauracibn. SALVADOR JORGE BLANCO Dee. No.1955, que deroga el Decreto No.659 del 13 de enem de 1983. G.O. No. 9636 del 30 de Abril de 1984

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona