Texto de la norma
Decreto No. 3179, que integra la Delegación Dominicana ante el II Congreso Hispanamericano de Historia que tendrá efecto en Ciudad Trujillo.
(G. O. No. 8174 del 9 de octubre de 1957)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 3179
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1. —La Delegación dominicana ante el II Congreso Hispanoamericano de Historia que se celebrará en esta capital del 5 al 12 del próximo mes de octubre, estará integrada del siguiente modo:
Lic. Emilio Rodríguez Demorizi, Don Ramón Emilio Jiménez, Licenciados Virgilio Díaz Ordóñez, Manuel A. Amiama, Víctor Garrido, Francisco Elpidio Beras, Dr. V. Alfáu Durán, Ing. Emile Boyrie de Moya, Miembros de Número de la Academia Dominicana de la Historia; señor Francisco Prats Ramírez, Presidente de la Academia de Ciencias Políticas y Morales; Lic. César A. Herrera, Director del Archivo General de la Nación; Monseñor Hugo Polanco Brito, Lic. Enrique A. Ashton e Ing. Francisco Gómez M., Presidentes, respectivamente, de los Centros de Estudios Históricos de Santiago, Puerto Plata y La Vega; Agr. Vicente Tolentino Rojas e Ing. Salvador A. Fernández M., Miembros de la Sección Dominicana del Instituto Panamericano de Geografía e Historia.
Art. 2.— El Lic. Emilio Rodríguez Demorizi, Presidente de la Academia Dominicana de la Historia, y el Lic. Virgilio Díaz Ordóñez, ostentarán las investiduras de Presidente y Vice-Presidente, respectivamente, de la citada Delegación, y el Dr. V. Alfau Durán y el Agr. Vicente Tolentino Rojas, actuarán como Secretarios de la misma.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de septiembre del mil novecientos cincuenta y siete, años 114º de la Independencia, 95º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Decreto No. 3180. que otorga el exequátur de Médico al Dr. Manuel Julio Calero Rojas.
(G. O. No. 8174 del 9 de octubre de 1957)
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