Texto de la norma
Decreto No. 3143, que pone a cargo de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y Culto la expedición de pasaportes, y dicta otras disposiciones.
(G. O. No. 8168 del 25 de septiembre de 1957)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 3143
En ejercicio de las atribuciones que me confieren el artículo 22 de la Ley de Secretarías de Estado, No. 4778, del 10 de fe-
brerño de 1956, ampliado por la Ley No. 4460, del 29 de mayo de 1956, y los artículos 54 y 61 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— A partir del presente decreto, la expedición de pasaportes por medio de una División de Pasaportes, estará a cargo de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y Culto.
Art. 2.— En consecuencia, la atribución número 6, del Párrafo XV, del artículo 2, del Decreto Nº 1489, del 11 de febrero de 1956, sobre las funciones a cargo de las Secretarías de Estado, Párrafo relativo a la Secretaría de Estado de Seguridad agregado por el Decreto No. 2860, del 19 de junio de 1957, queda transferida, con el número 6-bis, al Párrafo IV, del artículo 2, relativo a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y Culto, del mencionado Decreto No. 1489, del 11 de febrero de 1956.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y siete, años 114º de la Independencia, 95º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Reglamento No. 3144, para el funcionamiento de la Junta Administradora de Retiro de las Fuerzas Armadas. (G. O. No. 8167, del 21 de septiembre de 1957)
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