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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3136

QUE CONCEDE LA CONDECORACION DE LA ORDEN DEL MERITO NAVAL A VARIOS OFICIALES SUBALTERNOS DE LA MARINA DE GUERRA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 sept de 1957fecha
Condecoracióntipo
G. O. 8168Gaceta Oficial del 1 ene de 1957
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 3136, que concede la condecoración de la Orden del Mérito Naval a varios Oficiales Subalternos de la Marina de Guerra. (G. O. No. 8168, del 25 de septiembre de 1957) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 3136 CONSIDERANDO: Que son reconocidos los méritos, lealtad y consagración con que han servido a las Fuerzas Armadas de la República los Oficiales Subalternos que se citan en el dispositivo; VISTA la Ley No. 3880, del 13 de julio del 1954; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se concede la condecoración de la Orden del Mérito Naval, con Medalla del Mérito Naval, de Tercera Categoría, a los siguientes Oficiales Subalternos de la Marina de Guerra; Tenientes de Navío Técnicos, Leoncio García Romero y Agustín Liberato Morrobes, M. de G.; Teniente de Navío Músico, Bienvenido A. Bustamante, M. de G.; Tenientes de Navío, Jorge Alejandro Braddy Berrocal, Augusto Bienvenido Lara Matos, Giovanni Manuel Gutiérrez Ramírez, Dr. Juan María Goris, Rafael Prestol Botello, Agapito Antonio Santana Castro, Rafael Antonio Jorge Polanco, Germán Luna Mena, Santiago Ramón Rojo Molina, Bienvenido de la Caridad Manzano Mieses y Fernando Edmundo García Berra, M. de G.; Tenientes de Navío, Jaime Leonardo Minor Missick, Ramón Valenzuela Pichardo y Manuel Ramón Montes Arache, M. de G.; Alférez de Navío Técnicos, Mejido Ogando Delgado, José Nicolas López Lantigua, Viriato González Batista y José Rafael Castellanos Meriño, M. de G.; Alférez de Navío, Alexis Pepén Avila, Israel Moor Almonte, Rafael Antonio Prestol Pumarol, Germán Fermín Rodríguez Díaz, Marcos Antonio Rojas Ortíz, Cayetano Antonio Fermín Vidal y Reyes, José Aquiles Díaz Tavarez, Hugo Rodríguez Díaz, Luis Manuel Tolenitno Pérez y Guillermo Rivero Messon, M. de G.; Alférez de Fragata, Miguel Angel Encarnación, José Docil Rey, Ovidio Muñoz Núñez, Tomás Ortega, José Clodomiro Pérez Medina, Pedro Antonio Almonte, Rafael Aníbal Beato Hinojosa, Víctor Davis Caminero, Gregorio Cofresí Ortíz, Bienvenido Díaz González, Nené Gómez Sosa y Luis Adolfo Reyes Linares, M. de G. Art. 2.— Envíese a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y siete, años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona