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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3134

QUE NOMBRA AL DR. HUGO JOSE EUGENIO VILLANUEVA SANTOS, SECRETARIO DE PRIMERA CLASE DE LA EMBAJADA DE LA REPUBLICA EN VENEZUELA, EN CARACAS, VENEZUELA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 sept de 1957fecha
Designacióntipo
G. O. 8168Gaceta Oficial del 1 ene de 1957
Poder Ejecutivoórgano
4personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Hugo José Eugenio Villanueva SantosDesignaciónEn sustitución de Enriquillo Rojas AbreuSecretario de Primera ClaseEmbajada de la República en Venezuela
Enriquillo Rojas AbreuSustituido en el cargoSecretario de Primera ClaseEmbajada de la República en Venezuela
Fabio Emilio Pons RodríguezDesignaciónEn sustitución de Jaime McFarlane CajarvilleCónsul General de la República en Caracas, Venezuela
Jaime McFarlane CajarvilleSustituido en el cargoCónsul General de la República en Caracas, Venezuela

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Hugo José Eugenio Villanueva Santos · Secretario de Primera Clase · Embajada de la República en Venezuela

  • Fabio Emilio Pons Rodríguez · Cónsul General de la República en Caracas, Venezuela

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 13 oct de 1957. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 3134, que nombra al Dr. Hugo José Eugenio Villanueva Santos, Secretario de Primera Clase de la Embajada de la República en Venezuela, y al señor Fabio Emilio Pons Rodríguez, Cónsul General de la República en Caracas, Venezuela (G. O. No. 8168, del 25 de septiembre de 1957) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 3134 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— El doctor Hugo José Eugenio Villanueva Santos queda nombrado como Secretario de Primera Clase de la Embajada de la República en Venezuela, en sustitución del doctor Enriquillo Rojas Abreu. Art. 2.— El señor Fabio Emilio Pons Rodríguez, queda nombrado Cónsul General de la República en Caracas, Venezuela, en sustitución del señor Jaime McFarlane Cajarville. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de septiembre del año mil novecientos cincuenta y siete, años 114º de la Independencia, 95º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona